La importancia de un seguro de impago de rentas
No todos los seguros son iguales
Ventajas del seguro de alquiler
Contratos ya en vigor y alquileres a familiares
En general, las compañías también admitirían contratos de alquiler que ya estén en vigor, siempre que superen las condiciones de solvencia exigidas. También se admitirían contratos de familiares.
Arag prevé en su IPID (Documento de Información sobre el Producto de Seguro) una carencia de 3 meses para contratos de alquiler de vivienda habitual con antigüedad superior a 1 año.
Las coberturas esenciales de un seguro de impago de alquiler
El caso analizado para comparar seguros de impago de rentas
Garantías antiocupación
Hemos buscado en este estudio también las garantías anti-ocupación que se ofrecen por estos seguros. Una vivienda alquilada está expuesta a dos tipos de ocupaciones.
a) Una en los momentos de cambio de inquilino, que permanece vacía y con el agravante de que en muchos portales inmobiliarios se indica la dirección, por lo que los okupas -en sentido clásico- tienen fácil localizar la vivienda que está vacía mientras está el anuncio puesto sin siquiera fingir una visita como interesados.
b) Otra es la ocupación por parte del propio inquilino una vez termina su contrato, cuando se niega a abandonar la vivienda, o cuando decide no pagar más e instalarse ahí hasta que sea desalojado forzosamente.
Situación algo distinta a la del inquilino moroso "tradicional" que debe alguna mensualidad, cuyas consecuencias supuestamente están cubiertas por la garantía de impago. Aquí hay que asesorarse bien. En algunos casos es aconsejable devolver las rentas en esa situación, para evitar que se considere que está dando por prorrogado el contrato de alquiler de forma tácita; pero en otros casos, según las circunstancias y los trámites realizados frente al inquilino que no se va, puede entenderse que esos pagos son una compensación por daños y perjuicios durante el periodo en que permanece indebidament en la casa.
Qué hemos encontrado en el mercado
CONCLUSIONES DEL ESTUDIO
Hay pólizas muy útiles para el arrendador pero
La importancia de un seguro de impago de rentas
No todos los seguros son iguales
Quiero que el abogado revise mi alquiler
Ventajas del seguro de alquiler
Contratos ya en vigor y alquileres a familiares
En general, las compañías también admitirían contratos de alquiler que ya estén en vigor, siempre que superen las condiciones de solvencia exigidas. También se admitirían contratos de familiares.
Arag prevé en su IPID (Documento de Información sobre el Producto de Seguro) una carencia de 3 meses para contratos de alquiler de vivienda habitual con antigüedad superior a 1 año.
Las coberturas esenciales de un seguro de impago de alquiler
El caso analizado para comparar seguros de impago de rentas
Garantías antiocupación
Hemos buscado en este estudio también las garantías anti-ocupación que se ofrecen por estos seguros. Una vivienda alquilada está expuesta a dos tipos de ocupaciones.
a) Una en los momentos de cambio de inquilino, que permanece vacía y con el agravante de que en muchos portales inmobiliarios se indica la dirección, por lo que los okupas -en sentido clásico- tienen fácil localizar la vivienda que está vacía mientras está el anuncio puesto sin siquiera fingir una visita como interesados.
b) Otra es la ocupación por parte del propio inquilino una vez termina su contrato, cuando se niega a abandonar la vivienda, o cuando decide no pagar más e instalarse ahí hasta que sea desalojado forzosamente.
Situación algo distinta a la del inquilino moroso "tradicional" que debe alguna mensualidad, cuyas consecuencias supuestamente están cubiertas por la garantía de impago. Aquí hay que asesorarse bien. En algunos casos es aconsejable devolver las rentas en esa situación, para evitar que se considere que está dando por prorrogado el contrato de alquiler de forma tácita; pero en otros casos, según las circunstancias y los trámites realizados frente al inquilino que no se va, puede entenderse que esos pagos son una compensación por daños y perjuicios durante el periodo en que permanece indebidament en la casa.
Qué hemos encontrado en el mercado
CONCLUSIONES DEL ESTUDIO
Hay pólizas muy útiles para el arrendador pero no hay ninguna póliza completa. Son especialmente flojas en el apartado de actos vandálicos del inquilino: unas tienen muy limitado el capital máximo indemnizable; otras solo lo hacen tras un desahucio (es decir que si termina el alquiler y se encuentra el piso destrozado no se harían cargo); otras se limitan solo a continente y no cubren el contenido; o también las hay que, en caso impago y destrozos de forma conjunta, aplican la franquicia a ambas coberturas.
La asistencia del hogar en algunos casos es completísima, aunque normalmente vendría cubierta en el seguro del hogar. Así ocurre también con la protección jurídica del propietario por los problemas que surjan de la mera propiedad de la vivienda (conflictos con vecinos, con la comunidad, daños o perjuicios causados por terceros, etc).
La protección jurídica del arrendador no debería limitarse a los casos de impago y procesos de desahucio, debería abarcar todos los problemas legales derivados del alquiler como la reclamación por daños no intencionados o por obras no consentidas y la defensa del arrendador si es él el demandado. En general esta cobertura es muy buena en las pólizas analizadas y destacan las de Allianz, Arag y Mapfre.
En la cobertura de impago pesa significativamente el número de meses máximo indemnizable, de ahí que destaque en esa cobertura Mutua Alquiler confort con 24 meses.
Resultados del análisis comparativo de OCU
- En la cobertura de impago destaca Mutua Alquiler Confort con 24 meses de indemnización.
- Arag obtiene una valoración especialmente elevada en protección jurídica del arrendador, donde también destacan Allianz y Mapfre.
Compañías que ofrecen impago condicionado a la contratación del seguro de hogar
Algunas compañías ofrecen la cobertura de impago, pero requieren contratar el seguro del hogar. Es el caso de Mutua Madrileña, Generali y Ocaso.
En Mutua Madrileña existe, además de las garantías de impago, defensa jurídica frente al inquilino y anti-ocupación, la posibilidad de contratar servicios adicionales como:
- mantenimiento, que consiste en las reparaciones necesarias en su vivienda de los siguientes elementos:
- Bañeras y platos de ducha.
- Mecanismo de cisterna del inodoro.
- Llaves de paso y grifos.
- Elementos fijos de loza sanitaria.
- Válvula y rebosadero.
- Gomas de desagüe y tomas de agua de los electrodomésticos.
- Radiador.
- Conducciones privativas.
- Persianas.
- avería de calderas, que incluye servicios y gastos de desplazamiento: sin límite, mano de obra: 3 horas por asistencia, materiales: 50 € / Año.
- avería de electrodomésticos (TV, frigo, lavadora, secadora, lavavajillas) con antigüedad no superior a 10 años: Los gastos de piezas y mano de obra necesarios para reparar el electrodoméstico dañado por una avería mecánica, eléctrica o electrónica. Requiere asegurar el contenido. No cubre, entre otras exclusiones, el cambio de las piezas deterioradas por el uso como, por ejemplo, gomas o accionadores de puerta.
- ECO placas solares, con dos coberturas: robo 10% de la suma asegurada para continente, y averías, que incluye servicios y gastos de desplazamiento sin límite, mano de obra: 3 horas por asistencia, materiales: 50 €/Año. Ambas coberturas limitadas a un máximo de 24 paneles solares por anualidad.
- ECO punto de recarga: Robo Hasta 6.000 € al año, Actos vandálicos Hasta 6.000 € al año, Avería que incluye servicios y Gastos de desplazamiento sin límite, mano de obra: 3 horas por asistencia, materiales: 50 €/Año.
Si se contratan las cinco garantías a la vez, la prima adicional asciende a 270,40 euros. Cada una de estas garantías también puede contratarse por separado.
Consejos para elegir la mejor póliza
Ventaja para suscriptores de Fincas y Casas
TABLA COMPARATIVA DE LOS SEGUROS Y COBERTURAS PARA EL CASO ANALIZADO

Primas mínimas
Algunas compañías exigen primas mínimas. Afectaría a casos donde la renta mensual sea baja.
Fiatc establece una prima mínima de 200 euros.
Mutua de Propietarios fija la prima mínima en función del producto. Si se trata de vivienda habitual, la prima es de 129,78 euros y habría que añadir el recargo del Consorcio, aproximadamente 1,75 euros, cuando haya actos vandálicos cubiertos. En el caso del alquiler de temporada, también hay que añadir el recargo del Consorcio de 1,75 euros porque se cubren los actos vandálicos al continente y la prima varía entre 183,85 euros para coberturas de 12 meses y 129,78 euros para la cobertura de 3 meses.
Devolución de prima en caso de finalización anticipada del alquiler
En caso de que el alquiler termine anticipadamente, las compañías no están obligadas a devolver la prima no consumida. Algunas sí tienen prevista alguna compensación en esta circunstancia:
Mapfre establece que cualquier cambio de arrendatario deberá ser comunicado a la aseguradora, facilitando la documentación requerida en relación con el nuevo contrato y el nuevo arrendatario. Si el cambio es aceptado por la aseguradora, esta emitirá el correspondiente suplemento de actualización de póliza o extorno de prima no consumida, siempre que no haya habido siniestros en la anualidad en curso. De ello parece desprenderse que solo conserva la prima si se encadena otro alquiler y se asegura con la propia compañía. En caso contrario se pierde.
Fiatc, de forma similar a Mapfre, permite anular el seguro con reserva de la prima no consumida para otro seguro con esa entidad.
Mutua Madrileña devuelve la prima no consumida correspondiente a la garantía de impago por un máximo de 6 mensualidades.
En las demás aseguradoras no consta expresamente la devolución proporcional de la prima. Tendría que preguntarlo antes de suscribir el seguro y, en su caso, pedir que se incorpore en la póliza o en otro documento por escrito.
Condiciones específicas de algunas compañías
Mapfre
En Mapfre, la prima de tarifa ha sido reducida por la aplicación de un descuento comercial de carácter temporal del 25%. Este descuento comercial tendrá una duración de 5 años y se reducirá gradualmente en cada vencimiento hasta su total desaparición dentro de 5 años, sin perjuicio de la revalorización y/o actualización de las sumas aseguradas que corresponda en cada anualidad.
Fiatc
Fiatc permite contratar únicamente la cobertura de protección jurídica para el arrendador.
Mutua Madrileña
Mutua Madrileña establece una renta máxima aceptable de 2.000 euros.
La defensa del propietario frente al inquilino en Mutua Madrileña presta asistencia únicamente en caso de un procedimiento de desahucio o reclamación de rentas impagadas. No defiende al arrendador si es el inquilino quien reclama, ni en otros supuestos como obras no consentidas o daños no intencionados.
Mutua Madrileña también ofrece cobertura antiocupación si dicha ocupación ilegal supera un mes. Además, debe cumplir una de estas condiciones: que se produzca al mes siguiente del fin del anterior alquiler (luego podría entenderse que estaría cubierta la ocupación por un inquilino que no abandona la vivienda cuando termina legalmente su contrato) o que esté publicitado el alquiler en al menos un portal inmobiliario. Esta cobertura incluye suministros, con un límite de 100 euros al mes durante un máximo de 6 meses; protección jurídica; responsabilidad civil derivada de la ocupación ilegal, con un límite de 7.500 euros; pérdida de alquiler, con un máximo de 800 euros al mes durante 6 meses; y actos vandálicos, con un límite de 6.000 euros para continente y 1.200 euros para contenido.
Santa Lucía
Santa Lucía ofrece servicio de limpieza en caso de desahucio. Consiste en el envío de profesionales para limpiar la vivienda arrendada tras un desahucio. Va unido a la garantía opcional “Sustitución de cerraduras y limpieza por desahucio”.
Opcionalmente, puede contratarse el servicio de mantenimiento, que incluye: El desplazamiento del profesional a la vivienda arrendada, las tres primeras horas de mano de obra, un límite conjunto de dos intervenciones por anualidad de seguro, trabajos de fontanería, cerrajería, albañilería y electricidad.
Quedan a cargo del asegurado los materiales empleados y, si procede, el exceso de mano de obra que supere las tres primeras horas.
Mutua de Propietarios
En el caso de que, habiendo finalizado el contrato de arrendamiento, el arrendatario no devolviera las llaves al asegurado y continuase en la vivienda sin abonar las rentas, el Asegurador abonará al asegurado el importe total de las rentas vencidas e impagadas, una vez deducido el tiempo de la franquicia a su cargo y hasta los límites garantizados.