Robo y seguro del hogar

No es igual robo (con fuerza) que hurto.
En 2009 Julia obtuvo un préstamo hipotecario en la Caja de Ingenieros. Una de las condiciones para su obtención era la contratación de un determinado seguro del hogar. Para ello, Julia suscribió una solicitud de seguro de hogar. En ese documento se indicaba como valor del continente asegurado 140.700 euros, y como valor del contenido 3.000 euros.
No consta una copia firmada de las condiciones generales y particulares de la póliza. La prima se vino pagando con regularidad durante 6 años.
Se produce un robo en casa y dan parte al seguro
En febrero de 2015, estando fuera de casa, personas desconocidas accedieron a la vivienda y sustrajeron contra la voluntad de los propietarios una serie de bienes. Julia comunica el siniestro a la Aseguradora y valora los bienes sustraídos en 2.990 euros.
La compañía le ofrece por su parte una suma de 340 euros, al considerar que había existido infraseguro (el valor declarado del contenido era muy inferior al real) y al no aceptar igualmente la valoración del daño comunicado por Julia.
Julia demanda judicialmente a la aseguradora y la compañía se defiende ante el juez diciendo además que al tratarse de un hurto y no de un robo (no hubo fuerza en las cosas) no estaba cubierto. En primera instancia el juez consideró que era hurto y no estaba cubierto por la póliza, pero como la compañía había ofrecido antes del juicio una indemnización de 340 euros, la condenó a pagar esta cantidad (lo consideró un "allanamiento parcial" a la reclamación de Julia).
Julia recurrió ante la Audiencia Provincial de Barcelona, quien resuelve en sentencia de 20/12/2018, le da la razón y condena a la aseguradora a pagarle los 2.990 euros.
Contrate un buen seguro de hogar.
Diferencia entre robo y hurto en pólizas de hogar.
El siniestro está cubierto por la póliza
La póliza suscrita cubre los riesgos por incendio, daños por agua, responsabilidad civil, lunas, robo, asistencia del hogar y protección jurídica.