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Donar la vivienda al hijo y que él pague la residencia
hace 2 años - viernes, 5 de junio de 2020Seguimos explorando las opciones existentes para ayudarnos al pago de una residencia de mayores.
Un ejemplo con cifras: cómo pagar la residencia de mayores
Maria Luisa tiene 80 años es viuda y tiene dos hijos. Vivía sola hasta que, consecuencia de una caída, se fracturó la cadera. Aunque la operación salió bien y se ha recuperado, su estabilidad ha disminuido y ya no puede valerse por sí misma. Tras consultarlo con sus hijos, ha decidido ingresar en una residencia, cuyo coste asciende a alrededor de 2.000 euros mensuales. Maria Luisa cobra una pensión de 1.200 euros al mes, por lo que necesitaría unos ingresos adicionales ya que, aunque tiene alrededor de 15.000 euros ahorrados, solo le daría para pagar la residencia unos 15 meses.
El piso en el que vive Maria Luisa es de su propiedad está en Madrid, tiene 96 metros cuadrados y su valor de mercado es de alrededor de 200.000 euros, que podría alquilar por unos 750 euros al mes. Lo adquirió en 1975 junto a su marido, con el que estaba casada en gananciales, por 2.500.000 pesetas (15.025,30 euros) y al fallecer su marido, en 1997, se adjudicó la otra mitad por herencia, valorada en la escritura de herencia en 40.000 euros.
Si tenemos en cuenta la previsión de estancia media en residencia y su coste mensual, Maria Luisa va a necesitar unos 120.000 euros en total. Contando con la pensión que recibe, necesitará disponer de un mínimo de 60.000 euros, sin tener en cuenta los 15.000 euros que tiene ahorrados.
La primera opción explicada era vender la propia vivienda: ventajas e inconvenientes.
Veamos ahora otra solución posible.
Recibir el dinero de los hijos
En el caso de que los hijos quieran mantener la propiedad de los inmuebles, es una práctica habitual que los hijos se hagan cargo del pago de la residencia y luego reciban los inmuebles en herencia. Sin embargo, esta práctica también puede tener implicaciones fiscales.
En estos casos el patrimonio de los padres no disminuye a consecuencia del pago de la residencia, de manera que, tras el fallecimiento, los herederos obtendrán una herencia mayor que la que hubieran obtenido en el caso de que la residencia la hubieran pagado los padres, lo que puede implicar el pago de mayores impuestos en el caso de herencia elevadas de personas residentes en una CCAA en la que tributen las herencias de padres a hijos.
Además, el pago del Impuesto sobre Sucesiones no se puede evitar realizando un préstamo de los hijos a los padres, ya que la ley del Impuesto prevé expresamente que las deudas a favor de los herederos no pueden deducirse a la hora de calcular el patrimonio sobre el que se tiene que tributar.
¿Donar la vivienda a los hijos?
Por tanto, si la opción va a ser que los hijos paguen la residencia, la mejor elección desde el punto de vista fiscal puede ser que los padres donen a los hijos la vivienda habitual. Tal y como ocurre con la venta, no tributan en el IRPF las ganancias obtenidas por la donación de la vivienda habitual de personas mayores de 65 años. No olvide que, si se traslada a la residencia, tiene dos años para donar la que fue su vivienda habitual sin pagar IRPF por las ganancias.
Esta donación implica el pago de Impuestos, ya que los hijos tendrán que tributar por el Impuesto sobre Donaciones. Si dona la vivienda, se tributará en la Comunidad Autónoma en la que se sitúe ésta.
Asimismo, en caso de donar la vivienda tendrán que tributar por la plusvalía municipal en el municipio en el que ésta se sitúe.
En qué comunidades interesa donar la vivienda
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