¿Tiene otros inmuebles? Vea cómo declararlos

Vea los consejos de los expertos de OCU Fincas y Casas en temas fiscales.
Declarar los inmuebles a disposición de sus titulares
En el ejercicio 2022 (última estadística publicada) hubo cerca de ocho millones de declarantes que declararon rentas imputadas por inmuebles, pagando una media de 703 euros por declarante.
Hemos visto lo que debe tener en cuenta en IRPF respecto de su vivienda habitual.
Por los inmuebles distintos a la vivienda habitual no alquilados ni afectos a actividades económicas, los propietarios deben señalar el uso “3 A disposición de sus titulares” para declarar la denominada renta imputada y tributar por ella, incluso aunque no los utilice.
Hablamos de inmuebles urbanos y de los inmuebles rústicos con construcciones que no resulten indispensables para el desarrollo de explotaciones agrícolas, ganaderas o forestales, no afectos en ambos casos a actividades económicas, ni generadores de rendimientos del capital, excluida la vivienda habitual y el suelo no edificado.
Se excluyen los siguientes inmuebles de esta obligación de declarar:
- los solares sin construir, tanto urbanos como rústicos que no tributan.
- El caso de un inmueble vacío ocupado ilegalmente por terceros en contra de la voluntad del propietario, y una vez iniciado un procedimiento de desahucio por el propietario del inmueble, se considera que no procede la imputación de renta inmobiliaria desde el momento en que se inició el procedimiento, sin necesidad de esperar a su resolución.
- la concesión del derecho de uso de plazas de aparcamiento para residentes no genera la imputación de rentas inmobiliarias, por no ser un derecho real.
Según el INE en España existen 8 millones de viviendas no principales, aunque las rentas imputadas no se pagan solo por la propiedad de viviendas, como hemos dicho.
Veamos cómo lo debe indicar en Renta web, con una imagen.