Rendimientos de bienes de una comunidad de propietarios
La renta obtenida por una comunidad de propietarios, por ejemplo por el alquiler de elementos comunes (azotea, casa de portero…), no la declara la propia comunidad de propietarios sino que se atribuye a los copropietarios, en función de su grado de participación en la misma. Son ingresos que los vecinos que sean personas físicas deben declarar en su IRPF.
Lo normal es que aparezcan todos los importes en los datos fiscales porque el Administrador de la comunidad se habrá encargado de facilitárselos a Hacienda, incluyendo el porcentaje de reparto. Veamos dónde verlos y en qué casillas deben declararse.
Modelo de comunicación a la comunidad de transmisión de la propiedad
Cada copropietario persona física tendrá que declarar el importe que le corresponda con independencia de que no haya recibido la renta, por ejemplo, porque se la hayan descontado de la cuota de la comunidad o la haya cedido gratuitamente a la comunidad. Lo habitual es que los datos ya estén trasladados en su borrador (¿qué debo revisar en el borrador de Hacienda?).
Dónde declarar los ingresos de la comunidad
Puede comprobarlo desde el menú que sale al seleccionar el botón “Apartados de la declaración” pinchando en el apartado “Comunidades de bienes, sociedades civiles, herencias yacentes”.
El ingreso debe declarase en la casilla 1571 del apartado “Atribución de rendimientos del capital inmobiliario”, ubicado en el apartado “Régimen de atribución de rentas: Rendimientos del capital y de actividades económicas y ganancias y pérdidas patrimoniales”, que está dentro del apartado principal de Renta Web “Regímenes especiales” (página 11 de la declaración).
El NIF de la comunidad y el porcentaje de participación deben constar en la casilla 1562 y respectivamente 1564.