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Nos obligan a tener que reclamar un derecho
hace 5 años - viernes, 15 de diciembre de 2017Nos hemos acostumbrado al hecho de tener que reclamar de manera expresa que nos apliquen un derecho o una disposición que ya de por sí está reconocida por la ley o por los tribunales, y que debería aplicarse de oficio.
Ha vuelto a ocurrir con la llamada plusvalía municipal. Un impuesto que trae de cabeza a cientos de miles de vendedores de vivienda o de herederos que han recibido inmuebles urbanos.
Muchos tribunales llevaban años fallando en el sentido de que no podía cobrarse al contribuyente un impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos cuando resultaba que ese incremento era inexistente. Porque durante la crisis, y aun hoy en día, muchas personas tuvieron que vender por debajo del precio al que habían adquirido en su día la vivienda, el local, el solar, etc. Pero daba igual: la inmensa mayoría de los ayuntamientos seguían cobrando la plusvalía apoyándose en una parte de la ley que trata de la base imponible de este impuesto. Y olvidándose de la parte inmediatamente anterior de la misma ley que trata del hecho imponible: el incremento de valor.
Ni caso al Constitucional
Ha tenido que llegar el mismísimo Tribunal Constitucional para declarar en varias sentencias dictadas en 2017, que resulta inconstitucional cobrar la plusvalía cuando no ha existido incremento de valor. Pero ni aun con esas. Muchos ayuntamientos siguen a día de hoy pasando al cobro este impuesto como si todas esas sentencias no se hubiesen nunca dictado.
El contribuyente es quien tiene que pagar y reclamar luego, con la esperanza de poder recuperar su dinero. Y hay quien repite que la municipal es la administración más cercana al ciudadano…
Está pendiente una reforma legal de este Impuesto, que debería ser urgente. Pero al margen de ello, no es tolerable que los ayuntamientos sigan cobrando un impuesto en unos supuestos en los que ha sido expresamente considerado inconstitucional. ¿No tienen ningún valor estas sentencias? Por cierto que alguna ha llegado a anular el impuesto incluso cuando ha existido aumento de valor.
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