Comunicar la subida de renta del alquiler al 3%
Publicado el 22 noviembre 2024Comunicar al inquilino la subida de renta del 3%
La renta de los alquileres de vivienda ha estado tradicionalmente referenciada al IPC, aunque la regulación ha variado en los años pasados y es preciso conocer la fecha de cada contrato para ver qué régimen de actualización de rentas se le aplica. En todo caso, el IPC era la referencia actualmente vigente hasta que el Gobierno aprobó una modificación extraordinaria para 2022, 2023 y 2024.
Las actualizaciones de renta que se hagan en 2024 no podrán ser superiores al 3% salvo que se pacte otro acuerdo entre el inquilino y el arrendador que no sea titular de más de diez viviendas. Así lo precisa la Disposición Final Sexta de la Ley de Vivienda.
Algunos inquilinos pactan una subida superior al 3% a cambio de que le prorrogue un contrato que va a terminar. Si no hay pacto diferente, el inquilino puede exigir que no se le suba más del 3%. Si el arrendador es un "gran tenedor" no cabe un pacto que fije una subida superior al 3%.
Le proponemos un modelo de escrito para comunicar a su inquilino la subida de la renta del 3% en 2024. Como sabe, la notificación debe enviarse en el mes anterior al que vaya a hacer efecto. Si el contrato se inició un 1 de junio, la notificación de la subida del 3% (o del montante que se pacte en su caso) debe hacerla hasta el 31 de mayo para que sea exigible desde la renta de junio. Si lo comunica en junio, la subida sería exigible en julio.
Para años posteriores se ha anunciado la creacion de un nuevo índice de actualización, distinto del IPC general. Se lo explicaremos cuando esté aprobado.