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Revisiones de catastro

Revisiones de catastro

Publicado el  03 septiembre 2026

¿Catastro va a inspeccionar tu inmueble? Qué hacer para defenderte

Si Catastro revisa los datos de tu vivienda, comprueba qué quiere modificar, presenta alegaciones y controla los plazos para evitar que un error afecte al valor catastral y a tus impuestos.

¿Catastro va a inspeccionar tu inmueble? Qué hacer para defenderte

Si recibes una notificación de Catastro para comprobar la superficie, el uso, las construcciones o cualquier otra característica de tu inmueble, no la ignores. Revisa qué quiere modificar, reúne pruebas y controla los plazos. Una reciente doctrina del Tribunal Supremo aclara además cuándo el retraso de Catastro puede servir —y cuándo no— para combatir la resolución.

La Inspección del Catastro puede comprobar si los datos de un inmueble son completos y correctos e investigar hechos o alteraciones que no se hayan declarado o solo se hayan declarado parcialmente.

Eso puede afectar, por ejemplo, a la superficie, una ampliación, una piscina, el uso atribuido a determinadas dependencias o la antigüedad de una construcción. Y la modificación puede repercutir después en el valor catastral y, por tanto, en impuestos como el IBI.

También puedes revisar los datos del Catastro aunque no hayas recibido ninguna inspección. El propietario tiene la obligación de comunicar determinadas modificaciones, como nuevas construcciones, ampliaciones, reformas, demoliciones o cambios de uso, aunque en algunos casos la información puede llegar al Catastro por otras vías. Por eso, conviene comprobar periódicamente que la descripción del inmueble es correcta y, si detectas un error, solicitar su corrección. Además, no todos los cambios aumentan necesariamente el valor catastral: una corrección de superficie a la baja o la demolición de una construcción, por ejemplo, pueden reducirlo. Consulta qué cambios hay que declarar al Catastro.

 

Empieza por saber qué quiere cambiar Catastro

Lee con detalle la comunicación y comprueba tres cosas: qué procedimiento ha iniciado, qué dato del inmueble cuestiona y de cuánto tiempo dispones para alegar. Lo debe indicar la notificación que recibas.

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