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Reducir la base imponible del IRPF y pagar menos Patrimonio
hace 2 años - viernes, 28 de agosto de 2020Ante un Impuesto de Patrimonio más gravoso
El Impuesto sobre Patrimonio nació en 1977 y en la actualidad está regulado por una Ley de 1991. En el año 2008 no fue suprimido como tal, pero el gobierno estatal aprobó una bonificación del 100% de la cuota, lo que supuso no pagar nada, aunque se mantuvo la obligación formal de presentarlo. Sin embargo, tres años después, ante la de la crisis económica y la necesidad de lograr más ingresos para las arcas públicas, el Gobierno estatal eliminó la bonificación con carácter temporal para los ejercicios 2011 y 2012 y se elevó hasta 300.000 el límite para la exención de la vivienda habitual y se aumentó el mínimo exento a 700.000 euros. La supresión de la bonificación parece ya casi permanente porque desde entonces año tras año se prorroga. España es el único país de la UE que cuenta actualmente con este impuesto progresivo cuyo tipo máximo, dependiendo de la Comunidad autónoma, oscila entre el 2% (Navarra y Vizcaya) y el 3,75% (Extremadura).
Qué grava el Impuesto de Patrimonio
El Impuesto sobre Patrimonio grava los bienes y derechos de contenido económico poseídos por el contribuyente a 31 de diciembre de cada año, una vez deducidas las cargas y gravámenes que disminuyan su valor. Se está obligado a presentar declaración de este impuesto cuando se tienen bienes o derechos por más de 2.000.000 de euros (sin importar la cuantía de deudas) o cuando la base imponible supere el mínimo exento.
El impuesto sobre el Patrimonio es un impuesto cedido a las CCAA, lo que les permite modificar el mínimo exento, la tarifa y crear deducciones y bonificaciones de la cuota.
Utilizando estas competencias, algunas CCAA han reducido el mínimo exento general de 700.000 euros (800.000 en Álava y Vizcaya), lo que implica una mayor tributación. Han sido Aragón (400.000€), Cataluña y Extremadura (500.000€) y Comunidad Valenciana (600.000€).
La Comunidad de Madrid, decidió eliminar la tributación, estableciendo una bonificación del 100%, mientras que en La Rioja la bonificación es del 75%. Por tanto, ningún contribuyente madrileño tiene que pagar el impuesto. Trasladar la residencia a Madrid, es trata de una estrategia que ya han utilizado muchas familias, no solo para evitar el pago del impuesto sobre el patrimonio, sino también para ahorrar otros impuestos, ya que el tramo autonómico de IRPF es más bajo que en otras CCAA y tanto las herencias como las donaciones de padres a hijos disfrutan de una bonificación del 99% de la cuota tributaria.
Prepararse para los cambios en Patrimonio
Sin embargo, con la crisis económica provocada por el coronavirus, el actual Gobierno está buscando nuevas fuentes de ingresos para el Estado. Una de sus propuestas es modificar el impuesto sobre patrimonio estableciendo un importe mínimo de tributación común para todas las CCAA, y otra crear un nuevo impuesto sobre grandes fortunas que obligue a tributar a todos los patrimonios que superen un millón de euros, excluida la vivienda habitual.
Ante el panorama que hemos descrito, podemos dar las siguientes alternativas a los contribuyentes
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