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IRPF 2019 declarar la vivienda habitual
hace 2 años - miércoles, 15 de abril de 2020Llegó la hora de declarar. A pesar del estado de alarma, la Agencia Tributaria (AEAT) no ha ampliado, de momento, el plazo de presentación de las declaraciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre el Patrimonio que será del 1 de abril al 30 de junio de 2020, ambos inclusive. Pero si la declaración sale a pagar y opta por domiciliar el pago, el plazo de presentación finaliza el 25 de junio.
Percibir en 2019 ingresos del capital inmobiliario o haber obtenido ganancias con la venta de inmuebles, obliga a hacer la declaración del IRPF, salvo que el total de ingresos del contribuyente no supere los 1.000 euros anuales y sus pérdidas sean inferiores a 500 euros. Vea cómo declarar las rentas derivadas de inmuebles en la declaración:
IRPF 2019
Desde el 1 de abril todos los contribuyentes podrán presentar la declaración de la renta correspondiente al ejercicio 2019, a través del sistema “Renta Web”, disponible en la web de la Agencia Tributaria o a través de la App de la Agencia Tributaria. En esta serie de contenidos le informaremos de los ingresos y gastos relacionados con inmuebles que debe tener en cuenta en su declaración de la renta para evitar más impuestos que los debidos. También le facilitaremos consejos que le ayuden a no olvidar declarar rendimientos de sus inmuebles, evitando así paralelas y sanciones.
Vea todas las respuestas a sus preguntas en la Guía Fiscal 2019.
Le mostramos en imágenes las pantallas que debe rellenar. Este año se han introducido distintos cambios en la forma en que los contribuyentes cumplimentarán los apartados relativos a inmuebles en Renta WEB. Ahora, todos los usos que ha tenido el inmueble a lo largo del año (vivienda habitual, alquiler…) se pueden reflejar de forma conjunta seleccionándolos con un clic en el desplegable que se abre al seleccionar cada inmueble.
Acceda y confirme el domicilio
Acceda al sistema “Renta Web” con su Cl@ve Pin o su número de referencia (la web de la Agencia Tributaria le indica cómo). Una vez identificados, Hacienda le pedirá que confirme su domicilio. Si los datos que aparecen en pantalla son correctos pinche en el botón Ratificar. Si no lo son pinche el botón Modificar, aparecerán otros inmuebles de su propiedad, si ninguno de ellos es su residencia habitual, vuelva a pinchar en Modificar e incluya la referencia catastral y la dirección de su nuevo domicilio y seleccione Ratificar. Podrá imprimir un justificante de la ratificación de su domicilio actual. Después seleccione el botón Continuar. Se abrirá otra pantalla con todos los servicios disponibles para la Renta 2019.
Seleccione Borrador/Declaración (Renta WEB); se abrirá otra ventana con los datos identificativos y familiares del contribuyente. Al aceptar estos datos, aparece el borrador de la declaración. Para comprobar que todos los datos son correctos, pinche en continuar con la declaración, y se abrirán las páginas restantes para la inclusión de datos de la declaración, empezando por la de asignación tributaria.
Declarar en IRPF ingresos de la comunidad de propietarios.
Vivienda Habitual
Para ver los datos de su vivienda habitual y el resto de sus inmuebles seleccione el apartado “Bienes inmuebles y rentas derivadas de los inmuebles a disposición de sus titulares, arrendados o cedidos a terceros, o afectos a actividades económica”, aparecerán en la página 6 de la declaración. Se le muestra un listado con todos ellos, indicando la dirección, referencia catastral y el uso. Si tiene que hacer algún cambio, podrá editar el inmueble o borrarlo.
Lo normal es que los datos de su vivienda habitual aparezcan en su borrador de la declaración. Si fuera necesario, podrá modificar el tipo de titularidad de la vivienda (propiedad, usufructo…), los porcentajes de participación de cada cónyuge en caso de propiedad o usufructo, y la referencia catastral del inmueble si la tiene.), pinchando en el botón Editar del inmueble que quiere cambiar, y se abrirá una ventana en la que podrá incluir los datos. Revise que la vivienda habitual no aparece con el uso “3 A disposición de sus titulares” porque ello implica tributar en concepto de rentas imputadas. Modifique el uso si fuera preciso.
Puede consultar la referencia catastral en el recibo del IBI, en www.sedecatastro.gob.es, o en los teléfonos 91.387.45.50 o 902.37.36.35
Soy autónomo y utilizo parte de mi vivienda para realizar mi actividad económica
En este caso debe seleccionar también el uso “6 Inmueble afecto a actividades económicas” y luego dar al botón “información adicional”. Se abrirá una ventana en la que tendrá que indicar los días que tuvo ese uso.
En estos casos, los gastos derivados de la titularidad de la vivienda (amortizaciones, IBI, comunidad de propietarios, etc.), son deducibles en proporción a la parte de la vivienda afectada al desarrollo de la actividad y a su porcentaje de titularidad en el inmueble, sin embargo por los suministros (agua, gas, electricidad, telefonía e Internet) se podrá deducir en el porcentaje resultante de aplicar el 30% a la proporción existente entre los metros cuadrados de la vivienda destinados a la actividad respecto a su superficie total, salvo que se pruebe un porcentaje superior o inferior.
Es decir, si de 100 metros de vivienda, se utiliza el 20% (20 metros) para la actividad, el porcentaje que podrá deducirse es el 6% (20% x 30%). Por lo tanto, de 3.000 euros de coste de suministros se podrán deducir 180 euros (3.000 x 6%).
Los datos del trastero y plazas de garaje (máximo dos plazas) adquiridos junto a la vivienda habitual, si son fincas registrales independientes, aparecerán en la relación de todos sus bienes inmuebles, compruebe que el uso indicado es también el de vivienda habitual.
Quién paga Impuesto de Patrimonio.