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Soy pequeño arrendador, ¿a qué estoy obligado?
hace 3 años - jueves, 2 de abril de 2020
Las obligaciones del arrendador.
Soy un pequeño arrendador, ¿estoy obligado a reducir la renta o a permitir un retraso en el pago?
No. No existe tal obligación legal. Pero sí que conviene escuchar a su inquilino y tratar de llegar a un acuerdo que le facilite el cumplimiento de su obligación de pago de la renta, si está afectado por esta situación de crisis excepcional. Tal y como le hemos aconsejado desde el inicio de esta situación.
Si el inmueble alquilado es una vivienda habitual del inquilino, sí le afecta la prórroga de los contratos que debieran terminar de aquí hasta que pasen dos meses desde el levantamiento del estado de alarma.
También le afecta la suspensión de los procedimientos sobre desahucios.
Además, si su inquilino está en situación de vulnerabilidad como consecuencia de esta crisis, y le pide un aplazamiento temporal del pago de la renta, tendrá que contestarle en el plazo de 7 días. Puede aceptar la propuesta del inquilino, o puede proponer otra alternativa. El Real Decreto-ley no le obliga a aceptar un aplazamiento o una condonación si no llegan a un acuerdo.
Pero si no acepta ninguna medida y exige el pago puntual de la renta, debe saber que a corto plazo no ganará gran cosa con ello. Como el inquilino que se encuentre en condiciones de vulnerabilidad podrá pedir un préstamo para pagarle la renta, en principio debe esperar que pueda recuperar la renta de estos primeros meses (las ayudas están previstas para cubrir hasta 6 meses de renta).
Si su inquilino tiene dificultades económicas pero no entra en las condiciones de vulnerabilidad que prevé la norma, por tener ingresos que excendan los límites de tres veces el IPREM, por ejemplo, no tendrá acceso a esos préstamos bonificados. Pero como arrendador también le interesará llegar a un pacto para aliviar la posición del inquilino y lograr al menos recuperar la mayor parte posible de esas rentas, aunque sea con algo de retraso.
Enlace a las web de las ayudas autonómicas para el alquiler.