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de lunes a viernes de 9:00 a 12:30 y de 13:00 a 16:00Si vende su vivienda habitual y obtiene ganancias que debe declarar en el IRPF (por ser el valor de transmisión superior al valor de adquisición), puede gozar de una exención de esa ganancia en el caso en que la reinvierta en la compra de una nueva vivienda habitual. Para ello debe comprar la nueva en el plazo de dos años desde que vendió la anterior.
Exención por reinversión en vivienda no terminada.
Si transcurren dos años y no ha comprado la nueva (no ha reinvertido la ganancia), deberá hacer una declaración complementaria de IRPF para tributar lo que corresponda a aquella ganancia que quedó sin tributar.
Si no hace esta declaración, Hacienda podrá exigirle el pago. ¿Qué plazo tiene hacienda para reclamarle?
Primero debe concluir el plazo de dos años desde la transmisión de la vivienda habitual, sin que haya existido reinversión.
Y además, debe transcurrir el plazo para que usted presente la declaración complementaria de regularización de la ganancia patrimonial que había quedado exenta inicialmente por el compromiso de reinvertirla. El plazo de presentación de esta declaración concluye cuando finaliza el plazo de presentación del IRPF del ejercicio en que se cumplieron los dos años desde la venta.
A partir de ese momento (día siguiente al fin del plazo para la declaración complementaria) empieza a correr el plazo de 4 años para que Hacienda reclame al contribuyente.
Así lo ha recordado el Supremo en sentencia de 4/3/2021.
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