Comunicar la subida de la renta de alquiler en 2025
Publicado el 24 febrero 2025Tradicionalmente la gran mayoría de los contratos de alquiler de vivienda incluían una cláusula para actualizar la renta cada año, con referencia al IPC que publica el INE. La Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) pone el IPC como límite para esas actualizaciones anuales.
Desde 2022, debido a la escalada extraordinaria de la inflación, se aprobaron normas transitorias para limitar esas subidas anuales: del 2% en 2022 y 2023 y del 3% en 2024.
Para 2025, los límites de actualización anual de la renta quedan como sigue.
Se parte de la base de que el contrato de alquiler de vivienda ha previsto en sus cláusulas la actualización anual de la renta. Si no lo ha hecho, no hay actualización.
En la actualización de la renta de 2025 se dan dos supuestos, según su fecha de firma:
- Que el contrato de alquiler tenga fecha de firma hasta el 25 de mayo de 2023. Aquí el límite máximo de subida es el IPC del último mes publicado.
- Que el contrato de alquiler tenga fecha de firma desde el 26 de mayo de 2023. Aquí el límite máximo de subida es el IRAV del último mes publicado, el Índice de Referencia de Arrendamientos de Vivienda que también publica el propio INE.
La comunicación del arrendador al inquilino debe hacerse en el mes