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Ayudas de 20.000 euros en Valencia para reformar para alquilar
hace 3 años - viernes, 2 de octubre de 2020Ayudas en Valencia para reforma de viviendas con vistas al alquiler
Si tiene una vivienda vacía en Valencia que no desee vender ahora, esto le puede interesar.
El Ayuntamiento de Valencia ha lanzado una convocatoria de ayudas destinadas a la reforma de viviendas de particulares para que se incluyan en el Programa municipal de reforma y alquiler de vivienda vacía denominado “Programa Reviure”. Se pretende movilizar parte de las más de 57.000 viviendas vacías que hay en la ciudad según el último censo, para aumentar la oferta de alquiler.
El plazo para la presentación de solicitudes termina el 23 de octubre de 2020.
Las viviendas deben tener estas características
- Estar en el término municipal de Valencia;
- Haber estado vacía como mínimo un año a contar desde la fecha de presentación de la solicitud de la subvención. La acreditación se realizará aportando recibos de los suministros de agua, luz y gas, en su caso, de los 12 meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.
- Contar con cocina y baño y presentar buen estado en cuanto a limpieza, salubridad e higiene;
- Ser destinada exclusivamente a vivienda habitual y permanente en régimen de alquiler, debiendo asumir los propietarios el compromiso de aceptar a las personas inquilinas propuestas por el Ayuntamiento durante un periodo mínimo de 4 años, con independencia de la duración de los contratos de alquiler conforme a la legislación vigente. También hay que aceptar durante ese periodo la renta de alquiler marcada por el Ayuntamiento.
Destinatarios de las ayudas
Los destinatarios de las ayudas son las personas físicas, jurídicas y comunidades de bienes que cumplan con los requisitos especificados en la convocatoria, con la finalidad de movilizar la vivienda vacía existente en la ciudad de Valencia.
Los requisitos son ser propietaria del 100% de la vivienda y no tener deudas ni con Hacienda, ni con la Seguridad Social, ni con el Ayuntamiento de Valencia, ni con la comunidad de propietarios.
En caso de tener hipoteca pendiente sobre ese inmueble,
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