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  • Ayudas de hasta 14.000 o 25.000 euros para adaptación de viviendas en Madrid
Análisis

Ayudas de hasta 14.000 o 25.000 euros para adaptación de viviendas en Madrid

hace un año - viernes, 23 de abril de 2021
Plazo abierto para solicitar ayudas de adaptación de la vivienda habitual de personas con discapacidad en Madrid. Condiciones, cuantía, plazo y solicitud.

Objetivos del Plan Adapta de Madrid

El Ayuntamiento de Madrid lanza de nuevo el Plan Adapta con el objetivo de conceder subvenciones destinadas a actuaciones de adaptación de las viviendas para personas con discapacidad. Estas ayudas tienen el propósito de mejorar su calidad de vida mediante la eliminación de barreras arquitectónicas y la mejora de su autonomía, facilitando la accesibilidad a la vivienda y la movilidad interior y aumentando la seguridad en el entorno doméstico.

Más adelante se detallan algunas de las obras que pueden obtener ayudas.

El plazo es hasta el 12 de julio de 2021.

 

Requisitos personales

Podrán solicitar esta ayuda aquellas personas que:

- Tengan reconocido y en vigor un grado de discapacidad igual o superior al 33%, con el grado de movilidad reducida positivo o que la discapacidad sea de carácter sensorial o intelectual.

- Tengan discapacidad visual y esta sea igual o superior al 65%.

- Esten empadronados en la vivienda del municipio de Madrid y residan de manera habitual y permanente en la misma, al menos desde octubre de 2020.

- Si hay más de una persona con discapacidad en la vivienda objeto de la subvención, se podrá aceptar más de una solicitud (siempre que no coincidan las actuaciones solicitadas).

 

Requisitos de la vivienda

Por otro lado, para poder recibir esta subvención, la vivienda que será adaptada debe ser la residencia habitual y permanente de las personas con discapacidad. Además, debe estar localizada en el ámbito municipal de la ciudad de Madrid. Las obras pueden estar iniciadas, en proceso o sin iniciar.

 

¿Qué tipo de obras se benefician de esta ayuda?

- Adaptación del cuarto de baño: cambio de bañera a ducha, instalación de asientos de ducha abatible, adecuación de los sanitarios, elementos de seguridad fijos y grifería.

- Adaptación de la cocina: modificación de la altura de mostrador de cocina, instalación de módulos adaptados extraíbles con zócalo accesible, instalación de módulos regulables en altura, supresión de módulos inferiores para la interacción autónoma en sillas de ruedas, placas de inducción magnética con auto apagado.

- Adecuación de puertas o pasillos para permitir el paso con productos de apoyo para movilidad reducida.

- Modificación de paredes divisorias para mejorar la accesibilidad de los espacios o para evitar autolesiones.

- Instalación o adaptación de elementos de mejora de la accesibilidad como grúas de techo, plataformas, etc., para el desplazamiento autónomo dentro del hogar.

- Instalación o adaptación de barras, pasamanos, salva escaleras, rampas interiores y otros elementos de ayuda para la movilidad.

- Adecuación de pavimentos para limitar riesgo de resbalamiento, prevención de caídas y facilitar el desplazamiento a personas con limitaciones de movilidad.

- Instalación de domótica, sistemas de control de entorno y tecnologías del hogar digital que contribuyan justificadamente a favorecer la autonomía personal de personas con discapacidad.

- Instalación de sistemas de bucles de inducción magnética en las distintas estancias de la vivienda.

- Instalación de sistemas de aviso y señalización en la vivienda, visuales, sonoros, táctiles o por vibración.

- Instalación o adaptación de la ubicación de los enchufes, pulsadores, sistemas de iluminación, así como el cambio de altura/ubicación de porteros electrónicos o videoporteros.

- Instalación de puertas con cerradura de doble apertura (interior y exterior) para evitar encierros, puertas automáticas, tarjeta de proximidad en la puerta de acceso a la vivienda, recordatorios sonoros y/o sistemas de automatización de apertura mediante mando a distancia u otro dispositivo.

- Sistemas de aviso y alarma, p.ej. de detección de caídas; mejora de instalaciones de luz en la vivienda con sistema de regulador de intensidad, así como enchufes con cortacorrientes para las personas con discapacidad intelectual.

- Instalación de rejas, cristales irrompibles o insonorización de estancias que favorezcan la seguridad en las personas con discapacidad intelectual.

- Obras auxiliares que necesiten la actuación subvencionada, tales como pintura, carpintería, albañilería entre otras, siempre que se realicen en las mismas condiciones que estaban en su origen.

 

NO serán subvencionables las obras que tengan por objeto actuaciones de mera estética, o que no supongan una mejora de la accesibilidad de la vivienda, las obras que afecten a los elementos comunes de los inmuebles en edificios existentes de uso residencial vivienda o las obras que supongan una ampliación de la vivienda habitual o las adaptaciones de vivienda de nueva construcción.

 

Cuantía de las ayudas

La cuantía máxima de subvención por vivienda va a depender del grado de discapacidad del solicitante:

- Para aquellos con discapacidad igual o superior al 33% e inferior al 65%, la ayuda máxima será de 14.000 €.

- Las personas con discapacidad igual o superior al 65% serán ayudadas, como máximo, con 25.000 €.

El importe real que se recibirá será un porcentaje del coste real del total de las actuaciones será:

- Para importes menores o iguales a 1.000 euros se subvencionará el 100% del coste de la actuación.

- Para costes mayores de 1.000 euros, el porcentaje subvencionado dependerá también del grado de discapacidad del solicitante. Será del 50% para aquellas viviendas donde residan personas con discapacidad igual o superior al 33% e inferior al 65%. Por último, se subvencionará con el 70% del coste de las actuaciones a aquellas viviendas donde residan personas con discapacidad igual o superior al 65%. En ambos casos los primeros 1.000 euros serán subvencionados al 100%.

 

Cómo realizar la solicitud

En primer lugar, sepa que el plazo de solicitud estará abierto hasta el 12 de julio de 2021. Tanto la solicitud como los anexos que procedan y la documentación exigida, se dirigirá a la Dirección General de Vivienda, Rehabilitación y Regeneración. Podrá realizarla de dos maneras:

  • Online: accediendo a la sede electrónica del Ayuntamiento En este caso deberá utilizar alguno de los certificados electrónicos admitidos por el Ayuntamiento de Madrid.
  • De forma presencial: en las oficinas de registro del Ayuntamiento de Madrid.

 

Podrá encontrar más información en la web del Ayuntamiento de Madrid, en el 010 o en el número 915298210, si llama desde fuera de la Ciudad de Madrid.

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