Análisis

"Ajuste por mutualidades DT2 LIRPF" ¿qué es?

Si en sus datos fiscales aparece un importe negativo en el apartado “Rendi-mientos del trabajo” bajo la descripción: “Ajuste por Mutualidades -DT2 LIRPF” es porque usted es jubilado mutualista.

Si en sus datos fiscales aparece un importe negativo en el apartado “Rendi-mientos del trabajo” bajo la descripción: “Ajuste por Mutualidades -DT2 LIRPF” es porque usted es jubilado mutualista.

Publicado el  26 marzo 2025
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Si en sus datos fiscales aparece un importe negativo en el apartado “Rendi-mientos del trabajo” bajo la descripción: “Ajuste por Mutualidades -DT2 LIRPF” es porque usted es jubilado mutualista.

Si en sus datos fiscales aparece un importe negativo en el apartado “Rendi-mientos del trabajo” bajo la descripción: “Ajuste por Mutualidades -DT2 LIRPF” es porque usted es jubilado mutualista.

Si usted es jubilado mutualista es posible que vea en sus datos fiscales, bajo el epígrafe “Rendimientos del trabajo”, una cantidad negativa correspondiente a “Ajustes por Mutualidades DT2 LIRPF”. ¿Qué significa esto?

Ajuste automático en la declaración

Desde el 19 de marzo los contribuyentes pueden acceder a los datos fiscales que servirán para su próxima declaración de la renta correspondiente al ejercicio 2024. Si en sus datos aparece un importe negativo en el apartado “Rendimientos del trabajo” bajo la descripción: “Ajuste por Mutualidades -DT2 LIRPF” es porque usted es jubilado mutualista, es decir, aquellos pensionistas que, antes de la creación del actual sistema de Seguridad Social, cotizaron a mutualidades laborales obligatorias.

Este ajuste corresponde a la parte de la pensión recibida en 2024 que corresponde con las aportaciones a su mutualidad y que está exenta de tributación. Algo que es justo, ya que las aportaciones que dieron lugar a esta parte de la pensión no pudieron reducirse de la base imponible en su momento. Al incluir este ajuste en su declaración del IRPF de 2024—proceso que el programa Renta Web realiza automáticamente al importar sus datos fiscales—se evita la doble tributación de esas aportaciones.

Datos fiscales
Para consultar sus datos fiscales debe acceder a la web de la Agencia Tributaria https://sede.agenciatributaria.gob.es e identificarse con Cl@ve PIN, número de referencia, certificado o DNI electrónico a través del apartado “Gestiones destacadas” dentro del apartado “Campaña de Renta 2024” y pulsar en el enlace “Datos fiscales”. A continuación, deberá seguir los pasos que le indique la página. Recuerde que el hecho de que Hacienda no disponga de todos los datos no le exime de su obligación de declarar. Si prefiere acceder desde la aplicación móvil de la Agencia Tributaria, debe identificarse con Cl@ve PIN o nº de referencia.

No lo confunda con la devolución de ejercicios fiscales no prescritos

Si es jubilado mutualista debe entender que el ajuste por mutualidades DT2 LIRPF se aplica a su pensión de 2024, tal y como aparece en sus datos fiscales. Este ajuste también debió aplicarlo en su declaración de IRPF del año pasado con los datos que entonces le comunicara el Fisco, y podrá seguir beneficiándose de él en el futuro mientras siga cobrando su pensión.

Además, para los ejercicios anteriores no prescritos (generalmente de 2019 a 2022) debería haber podido aplicar este ajuste en su declaración. Para solicitar la devolución de esas cantidades, la Agencia Tributaria estableció un procedimiento que fue suspendido el 22 de diciembre de 2024. Desde esa fecha, se detuvo la tramitación de peticiones no resueltas o no presentadas.

No obstante, esto no implica que no pueda solicitarlas. El Fisco ha establecido un nuevo sistema. Los jubilados mutualistas afectados deberán solicitar la devolución del IRPF de los ejercicios fiscales de 2022 y anteriores no prescritos de manera individual, año por año, en lugar de hacerlo de una sola vez como se había establecido inicialmente.

Calendario para solicitudes de devolución años anteriores

Según el calendario habilitado por la Agencia Tributaria (vea tabla), los afectados podrán solicitar la devolución del IRPF del ejercicio fiscal de 2019 y anteriores no prescritos este año. La solicitud podrá realizarse durante la Campaña de la Declaración de la Renta, que comenzará el 2 de abril y finalizará el 30 de junio, a través del formulario específico que Hacienda habilitará en la plataforma Renta WEB. Vea nuestro artículo Jubilados mutualistas, frenazo a las devoluciones


CALENDARIO PARA MUTUALISTAS

Cuando

El qué

En 2025

Lo correspondiente a 2019 y anteriores noprescritos (1)

En 2026

Lo correspondiente a 2020

En 2027

Lo correspondiente a 2021

En 2028

Lo correspondiente a 2022

(1) Anteriores a 2019 sólo caso dereclamaciones en curso que han interrumpido la prescripción.

Intereses de demora por el retraso

Ya en su día, cuando Hacienda estableció este nuevo sistema de devolución desde OCU Inversiones alzamos la voz en contra de una medida que conlleva un trato desigual entre mutualistas. Mientras que algunos de ellos ya han recibido su devolución, otros estarán obligados a reiterar su solicitud anualmente y esperar años para recibir sus pagos. Por otro lado, la AEAT ha accedido a nuestra demanda del pago de los intereses de demora correspondientes al retraso en el cobro de estas devoluciones (p.ej. un 4,0625% para este 2025). Además, también ha aclarado que si el beneficiario ha fallecido entre 2019 y 2024, sus herederos podrán presentar el formulario de solicitud con el número de referencia del fallecido, que puede conseguirse en la web de la AEAT para los fallecidos en los años 2023 o 2024. Para obtener el número de referencia de los fallecidos en ejercicios anteriores hay que acudir previa cita a una oficina de la AEAT y justificar la condición de heredero. En todo caso, si el sucesor está dado alta en el Registro de Sucesores, podrá presentar el formulario del pensionista utilizando esta representación.

 

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