Una jugosa deducción que debe incluir
Si usted es residente en España deberá incluir en su declaración de IRPF todo rendimiento y ganancia que haya salido a la luz fiscal en el año, se genere donde se genere. Los dividendos de las acciones extranjeras no escapan a esta norma. Ahora bien, lo normal es que el fisco extranjero ya les haya dado un mordisco a estos rendimientos antes de que lleguen a España.
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Una jugosa deducción que debe incluir
Si usted es residente en España deberá incluir en su declaración de IRPF todo rendimiento y ganancia que haya salido a la luz fiscal en el año, se genere donde se genere. Los dividendos de las acciones extranjeras no escapan a esta norma. Ahora bien, lo normal es que el fisco extranjero ya les haya dado un mordisco a estos rendimientos antes de que lleguen a España y luego el español también pida su tajada. Por ejemplo, de los 0,365 USD, que abonó Intel por acción el 1 de junio, el fisco estadounidense retiene un 15% (0,05475 USD). Después de los 0,31 USD netos (unos 0,29 euros) en España le retendrán un 19% (0,055 euros), lo que supone que ya puede haber pagado entre allí y acá alrededor de un 32% del montante original en impuestos. No se alarme. Usted puede recuperar el impuesto pagado en el extranjero, siempre que al hacer su declaración de IRPF recuerde aplicar la Deducción por doble imposición internacional en la página 20/21(I) de la declaración rellenando la casilla 0588. Esto es algo que Renta WEB no importa de lado alguno, ni hace de oficio, sino que es usted quien deberá rellenar.
• Los montantes a recuperar no son baladíes, pues en la práctica en lo que afecta a dividendos de acciones se puede recuperar la totalidad del impuesto pagado en el extranjero, siempre que lo pagado allí no pase del 15%. Nosotros hemos hecho el cálculo de lo que dicha deducción supone en el caso de la cartera Experto en Acciones y ronda los 550 euros.
| Cartera Experto en acciones - Ejercicio 2021 | |||
|---|---|---|---|
| País | Dividendos brutos | Impuesto pagado en el extranjero | Deducción por doble imposición internacional |
| Alemania | 123,50 | 32,57 (26,37%) | 18,52 |
| Dinamarca | 192,70 | 52,02 (27%) | 28,91 |
| EE.UU. | 1.405,38 | 210,81 (15%) | 210,81 |
| Francia | 1.231,65 | 369,49 (30%) | 184,75 |
| Holanda | 132,00 | 19,80 (15%) | 19,80 |
| Reino Unido | 613,65 | 0 (0%) | 0 |
| Suiza | 534,65 | 187,13 (35%) | 80,19 |
| TOTAL | 4.233,53 | 871,82 | 550,98 |
| Cifras en euros a un cambio medio del día del cobro. | |||