No es una ganancia patrimonial
La Ley General Tributaria prevé un procedimiento de devolución de ingresos indebidos, cuando el contribuyente haya pagado impuestos que no debiera. Esta devolución incluye de oficio un interés legal de demora desde la fecha en que se hubiese realizado el ingreso indebido hasta la fecha en que se ordene el pago de la devolución. Como explican nuestros colegas de OCU fincas y casas, este procedimiento es el adecuado para recuperar el importe pagado en concepto de Plusvalía municipal (Impuesto sobre el Incremento del valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana) al transmitir un inmueble urbano, en el caso en que no existiera incremento de valor.
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No es una ganancia patrimonial
La Ley General Tributaria prevé un procedimiento de devolución de ingresos indebidos, cuando el contribuyente haya pagado impuestos que no debiera. Esta devolución incluye de oficio un interés legal de demora desde la fecha en que se hubiese realizado el ingreso indebido hasta la fecha en que se ordene el pago de la devolución. Como explican nuestros colegas de OCU fincas y casas, este procedimiento es el adecuado para recuperar el importe pagado en concepto de Plusvalía municipal (Impuesto sobre el Incremento del valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana) al transmitir un inmueble urbano, en el caso en que no existiera incremento de valor.
• Si recibió la devolución en 2021 debe saber que ese ingreso no constituye una ganancia patrimonial para el contribuyente, puesto que solo está recibiendo una cantidad que no debió pagarse en su día. Del mismo modo, según aclaró una sentencia del Tribunal Supremo del 3/12/2020, los intereses que paga la Administración al devolver el ingreso indebido para compensar el perjuicio sufrido tampoco se consideran a efectos fiscales una ganancia patrimonial del ciudadano y no están sujetos al IRPF.
• Si tras vender o heredar una vivienda pagó la plusvalía municipal en los últimos cuatro años, tiene alguna posibilidad de recuperar su importe; en OCU podemos ayudarle.
Visite www.ocu.org/acciones-colectivas/devolucion-plusvalia. Vea también todo lo relativo al IRPF de inmuebles en www.ocu.org/fincas-y-casas.