No es una ganancia patrimonial
La Ley General Tributaria prevé un procedimiento de devolución de ingresos indebidos, cuando el contribuyente haya pagado impuestos que no debiera. Esta devolución incluye de oficio un interés legal de demora desde la fecha en que se hubiese realizado el ingreso indebido hasta la fecha en que se ordene el pago de la devolución. Como explican nuestros colegas de OCU fincas y casas, este procedimiento es el adecuado para recuperar el importe pagado en concepto de Plusvalía municipal (Impuesto sobre el Incremento del valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana) al transmitir un inmueble urbano, en el caso en que no existiera incremento de valor.
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