Para aquellos afortunados que tengan un patrimonio neto de deudas superior a un millón de euros (sin tener en cuenta la vivienda habitual) llegadas estas fechas toca pensar en el IRPF, pero también en el Impuesto de Patrimonio (IP).
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Si su patrimonio es elevado…
Para aquellos afortunados que tengan un patrimonio neto de deudas superior a un millón de euros (sin tener en cuenta la vivienda habitual) llegadas estas fechas toca pensar en el IRPF, pero también en el Impuesto de Patrimonio (IP).• A los que les corresponda pagar este impuesto y cuenten con patrimonios más grandes -cuya base liquidable supere los 10.695.996,06 euros- se les incrementa el porcentaje a pagar por este tramo ya que aumenta desde 2,5% al 3,5%. Sin embargo, el Impuesto sobre Patrimonio está cedido a las CCAA, por lo que aplicar esta subida dependerá de ellas. Por ejemplo, en Madrid se mantiene la bonificación del 100%, por lo que los madrileños seguirán sin pagar el Impuesto. Aunque no debe descuidarse: el gobierno quiere acometer una “armonización fiscal”, es decir, una subida de impuestos en las CC.AA donde menos se tributa.
• Cuanto menor sea su base imponible de IRPF menos pagará en el Impuesto de Patrimonio. Y es que la suma de cuotas del IRPF y del Impuesto de Patrimonio (IP) no puede superar el 60% de la base imponible total del IRPF (excluyendo las ganancias de más de un año). Si la suma excede este porcentaje, la cuota del IP se reducirá hasta alcanzar el límite del 60% de la base imponible general del IRPF, hasta un límite del 80% de la cuota de IP. Por ello, cuando reduce su base imponible del IRPF está matando dos pájaros de un tiro.
• Y si lo que desea es reducir o evitar el pago del citado Impuesto sobre el Patrimonio “definitivamente”, tiene la posibilidad de distribuir el patrimonio entre los miembros de la familia, siempre teniendo en cuenta su efecto en el Impuesto de Donaciones.
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