Al concertar la hipoteca sobre la vivienda es muy frecuente que la entidad financiera le haya impuesto un seguro del hogar determinado, en garantía del préstamo. Debe saber que esa función de garantía puede ser realizada por otro seguro del hogar que quizá tenga mejores coberturas y menor precio para usted. Incluso es posible que utilice como garantía del préstamo hipotecario del piso la póliza de la comunidad de propietarios en el caso de que esta asegure también el continente privativo, lo que no es infrecuente.
Para ello tendrá que solicitar a su nueva aseguradora que haga una cesión de derechos a favor de su banco, o a la aseguradora de la comunidad que ceda los derechos en la parte que le corresponda a usted como copropietario.
Esta cesión de derechos está encaminada a garantizar la reparación del bien que constituye la garantía del préstamo en caso de siniestro, y al mantenimiento de la póliza en las condiciones iniciales, pero no a que el beneficiario de la indemnización sea la entidad prestamista. Así lo reconoce también el Servicio de Reclamaciones de la DGS, que ha establecido este criterio para evitar problemas en los que la entidad prestamista exija el cobro de la indemnización en lugar de permitir al prestatario reparar o reconstruir la vivienda garantía del préstamo.
Ahora bien, cuando se cancela el préstamo hay que comunicárselo a la aseguradora, para que se elimine o quede sin efecto la cláusula de cesión de derechos a favor del prestamista.
Instrucciones
Para personalizar el escrito introduzca los datos del asegurado (usted), de la aseguradora, el número de referencia de la hipoteca, la fecha de la comunicación, el número de la póliza y la fecha de cancelación del préstamo.
Ejemplo
Se adjunta un modelo de comunicación a la aseguradora de la póliza de seguro del hogar, para dejar sin efecto la cláusula de cesión de derechos, tras la cancelación del préstamo hipotecario.