Según la Ley de Propiedad Horizontal (artículo 10), es obligación de la comunidad de propietarios garantizar el adecuado sostenimiento y conservación del inmueble y de sus servicios. Si como consecuencia de la falta de conservación de alguno de los elementos comunes se produce un daño, quien lo padezca podrá reclamar su indemnización a la comunidad.
Sobre la responsabilidad de la comunidad en la conservación de elementos comunes una sentencia de referencia es la del Tribunal Supremo de 3 de enero de 2007.
Normalmente el propietario perjudicado se dirigirá al presidente o al administrador para comunicarle los hechos de manera verbal. Si no se produjera una rápida respuesta de estos, interesa reclamar por escrito, fehacientemente y cuanto antes, exigiendo la reparación.
Si posee documentos referentes al daño (partes del seguro, informes técnicos, fotografías, etc.), adjúntelos.
Si la comunidad tiene que pedir una derrama para las obras de reparación, el propietario afectado participará en la derrama según su cuota, como uno más. Pero si el propietario afectado se ve obligado a reclamar la reparación en un juicio, los gastos de costas que deba pagar la comunidad no se impondrán al propietario afectado que haya ganado el juicio.
En Cataluña la norma legal es el artículo 553.44 del Código civil de Cataluña, que recoge igualmente la responsabilidad de la comunidad en la conservación de los elementos comunes.
Vea todos nuestros modelos de escritos para relacionarse con la comunidad de propietarios.
Instrucciones
Se facilita un ejemplo con nombres y datos ficticios de modelo de carta para reclamar a la comunidad por daños sufridos como consecuencia del mal estado de conservación de las bajantes del inmueble. Para personalizar la carta introduzca sus datos, los del presidente de la comunidad y los de la reparación exigida.