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Falsos dividendos en el IRPF
hace 3 meses - martes, 13 de junio de 2023
No se deje llevar por el nombre. Los scrip dividend no son dividendos.
Cómo tributan en el IRPF
En la recta final de la campaña de la declaración de la renta seguimos repasando conceptos que pudieran generarle alguna duda como pueden ser los dividendos. Estos se consideran “rendimientos de capital mobiliario a integrar en la base imponible del ahorro”. Hasta ahí todo claro. Pero ¿qué ocurre cuándo la compañía lanzó un scrip dividend? o si le añaden un calificativo al estilo de “involucración”, ¿cambiaría algo? No nos cansaremos de decir que los scrip no se tratan de un dividendo, sino de una ampliación de capital liberada. Las compañías que recurren a esta fórmula suelen dar la opción a sus accionistas de canjear sus derechos de asignación por acciones nuevas, vender estos derechos a la propia compañía a un precio fijo o hacerlo en bolsa. Según la opción elegida, figurará de una forma u otra en su declaración ante Hacienda o incluso no constituirá renta. Una prueba más, aunque traten de camuflar estas ampliaciones como “dividendos flexibles” – caso de Iberdrola – o como se les ocurra llamarlos, de que nada tienen que ver con los verdaderos dividendos.
Como organización de consumidores, que defiende los derechos de los pequeños accionistas no entendemos por qué algunas compañías se empeñan en complicarles las cosas. Por qué en lugar de abonar un dividendo corriente y moliente recurren a estas fórmulas. Unas directamente lo harán porque no tienen caja suficiente para repartir el dividendo de verdad; pero no es, a juzgar por su contabilidad, el caso de otras empresas como el de la eléctrica y otras grandes empresas que un año tras otro siguen fieles a esta forma de escatimar el dividendo a sus accionistas; e insistimos, en lo de complicar la vida a sus accionistas. Y es que, a la hora de vender acciones de una compañía, que haya realizado varias operaciones de este tipo a lo largo del año, el contribuyente, que canjease derechos por acciones, se encontrará con el lío de tener que calcular el nuevo valor de adquisición de las acciones. Un cálculo en el que deberá tener en cuenta el coste inicial de sus acciones y el montante total de acciones que haya acumulado en los canjes sucesivos.
Esta multiplicidad de operaciones no nos parece que aporten nada al accionista, más que enredar las cosas a la hora de cumplir con sus deberes fiscales. Por no hablar de que cuando el accionista decide vender sus derechos a la compañía para cobrar dinero en efectivo, renunciando a recibir acciones nuevas de la empresa, lo que en realidad está haciendo es contribuir a que se reparta el capital existente entre los que sí aceptan el canje por acciones. Y así poco a poco y ampliación a ampliación los más desinformados vayan cediendo terreno al resto de accionistas, sin necesidad de que estos pongan ni un euro para repartirse el pastel.