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Rigor y mejora de las leyes
hace 4 años - martes, 23 de abril de 2019La sentencia, se basa en que el precio fijado entonces de 6 euros por acción no era todo lo justo que debería haber sido, dados los conflictos de intereses existentes en las valoraciones presentadas e insta, además, a la CNMV a recalcularlo y elevarlo hasta los 10,29 euros cada acción. Un 71,5% por encima del precio pagado entonces. La sentencia es recurrible y, lógicamente, FCC lo hará, ya que eso le supondría un impacto en sus cuentas de unos 0,14 euros por acción. Hasta ahí sin sorpresas, pero lo que nos llama poderosamente la atención es la postura de la CNMV, que también ha anunciado que va a recurrir la sentencia. Y es que el regulador de los mercados es el encargado de supervisar que la Ley se cumpla y, en el fondo, la sentencia viene a decir veladamente que no ha cumplido de forma adecuada con el papel que le corresponde. Algo que nos parece especialmente grave, cuando están de por medio los intereses de muchos pequeños accionistas.
Lo hemos visto en otros casos como la exclusión de Funespaña, realizada por Mapfre, en el que se obligó también por vía judicial a mejorar el precio de la OPA. Y mucho más reciente es el caso de la exclusión de Abertis, en el que la CNMV actuó con inusual premura, dejando a muchos pequeños inversores sin margen a reaccionar al suspenderse la cotización en Bolsa de un día para otro. La cuestión es que determinar qué precio ha de tener una acción no es algo fácil. No sólo existen diferentes metodologías, sino que depende de muchos factores, intereses, etc. Ahora bien, cuando no es el libre comercio quien marca el precio, sino que ante la amenaza de exclusión bursátil es la entidad quien lo fija, a la otra parte sólo le queda decidir si lo acepta o no. Ante esto, debe existir una legislación que proteja al inversor. En nuestra humilde opinión, es preciso que el regulador actúe si cabe aún de forma más rigurosa en todas estas labores y que se ponga de parte del más débil. Creemos también que la actual legislación de OPA es insuficiente. Lo esencial es que en la misma se pague un precio justo.
Yendo más allá la sentencia de la OPA sobre Cementos Portland pone en tela de juicio la eficacia de los mecanismos a la hora de impedir intereses cruzados (Banco Santander actuó como asesor “independiente”, siendo además acreedor de FCC). Algo que también podríamos extrapolar a otros temas financieros como las auditorías o los informes de calificación crediticios de las agencias de rating; informes teóricamente imparciales, pero pagados – a veces a precio de oro – por las propias empresas examinadas y ante los que el regulador tampoco tiene mucho margen de maniobra. De sabios es rectificar. Esperemos que los legisladores y el regulador tomen nota y lo hagan pronto, ya que trabajo en cuanto a OPA no les falta: en lo que llevamos de año ya van cuatro autorizadas y una presentada.