¿Por qué estamos en contra de los scrip dividends o de cualquiera de las muchas e "ingeniosas" fórmulas ideadas por las compañías para no pagar dividendos en efectivo a sus accionistas?
Llegó el verano y con él la temporada de pago de dividendos. Hasta 21 empresas de nuestra selección han anunciado que realizarán pagos entre finales de junio y julio (vea el artículo Lluvia de dividendos en los próximos días).
Participar en el reparto de las ganancias de la sociedad es un derecho legal del accionista y el pago de dividendos ha sido la forma más utilizada para ello. En este sentido, la bolsa española es una de las más generosas y ha llegado a repartir cantidades que han oscilado entre el 2% y el 4% del PIB nacional.
Sin embargo, la crisis aprieta y en los últimos años las cuentas parecen no dar para tanto. El gestor de nuestra bolsa, la compañía Bolsas y Mercados Españoles (BME), acaba de publicar un informe sobre las políticas de remuneración patria al accionista, en el que destaca algo de lo que le venimos hablando desde hace tiempo: las empresas evitan distribuir dinero. A esta conclusión, nosotros añadimos que esto suele ser síntoma de una floja salud financiera de las compañías.
En el estudio se identifican hasta 19 fórmulas distintas de “retribución” al accionista como las ampliaciones de capital liberadas, splits o la opción de reinvertir el pago en efectivo en acciones. La más empleada últimamente es la del dividendo flexible o “scrip dividend”, como hacen, por ejemplo, Acerinox, Repsol o Santander.
DIVIDENDOS Y OTROS PAGOS DE LA BOLSA ESPAÑOLA (en millones de euros)graph
Con una retribución a los accionistas equivalente a entre un 2% y 4% del Producto Interior Bruto, desde 2009 sin embargo se ha reducido el pago en efectivo en favor de las acciones (hasta alcanzar un tercio en 2012).
El informe destaca, además, el “notable entusiasmo” con el que se acogen los accionistas a estas fórmulas. Nosotros consideramos que será, más bien, entre los inversores extranjeros e institucionales que no tributan en el IRPF y que, por tanto, no cuentan con una exención fiscal para los primeros 1.500 euros.
En nuestra opinión, es un insulto denominar retribución a muchas de estas ingeniosas fórmulas que, entre otros males, diluyen la participación del accionista y generan unos costes innecesarios a nuestro modo de ver. Y todo para seguir aparentando una buena salud financiera. Así, desde estas páginas, intentamos explicarle en qué consisten estas fórmulas y pueda tomar el camino que más le beneficie.
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