El Tribunal Supremo ha dado la razón a la OCU y obliga a notarios y registradores a devolver el exceso cobrado a quienes cancelaron su hipoteca entre diciembre de 2007 y mayo de 2012. La suma total podría rondar los 400 millones de euros.
Si usted canceló una hipoteca entre diciembre de 2007 y el 11 de mayo de 2012, debería revisar las facturas que le hayan entregado el Notario y el Registrador de la Propiedad. La OCU alertó en septiembre de 2011 que más del 90% de las minutas revisadas por sus especialistas contenían errores y habían cobrado de más.
En ese periodo de tiempo, según el INE, se cancelaron en nuestro país más de 1.600.000 hipotecas. Si extrapoláramos los errores de cálculo detectados a todas esas cancelaciones, el importe de las sumas a devolver podría alcanzar los 400 millones de euros.
Triquiñuelas legales de fedatarios públicos
Los profesionales implicados alegaron problemas de interpretación de la norma, a pesar de que según nuestro criterio y el de algunos tribunales que ya se habían pronunciado sobre el tema, la cuestión estaba clara. Para disipar las dudas, el Gobierno aprobó un nuevo Real Decreto en noviembre de 2011 (RD 1612/2011 de 14 de noviembre). Pero los Consejos de Notarios y Registradores intentaron impedir la aplicación de la rebaja arancelaria recurriendo este Real Decreto ante el Tribunal Supremo. La Sentencia del Supremo de 10 de octubre de 2012 desestima las pretensiones de notarios y registradores y ratifica la interpretación que la OCU y otros Tribunales Superiores de Justicia venían haciendo de la Ley 41/2007.
Una vez conocida la sentencia, la
Fiscalía del Tribunal Supremo ha solicitado que los notarios y los registradores implicados devuelvan las cantidades cobradas de más. La OCU ha solicitado ante el Ministerio de Justicia y la Dirección General de Registros y Notariado que se tomen las medidas oportunas para que la devolución a los afectados se lleve a cabo de oficio.
En espera de que se tomen dichas medidas, si usted es uno de los afectados, puede reclamar directamente al notario y al registrador de la propiedad la devolución de lo que le hubieran cobrado de más. Para ello le facilitamos dos modelos de escrito que usted puede rellenar, firmar y entregar a dichos profesionales.
Cómo saber si me cobraron de más
Desde el cambio normativo de diciembre de 2007 y hasta mayo de 2012, fecha en la que el actual Gobierno volvió a subir dichos aranceles, el notario tenía que cobrar una cuantía fija de 30,05 €, sea cual sea el importe de la hipoteca cancelada. Si se suman a ese importe los demás conceptos, resulta que una escritura de 10 páginas no debería costar más de 70 €.
Sin embargo, el importe medio de las facturas incorrectas analizadas por la OCU era de 260 €.
En cuanto al registrador, este debe aplicar el arancel al capital pendiente de devolver (que es igual a “cero” cuando se trata de cancelar una hipoteca ya pagada) y reducir el resultado en un 90%. El resultado son 2,40 € que, añadidos a los restantes conceptos que se pueden minutar, da una cifra a lo sumo de 24 €, no de 144 € como comprobó en su día la OCU.