¿No puede pagar el IRPF? Le explicamos cómo actuar
Vea cómo puede fraccionar el pago de su IRPF.
Cómo aplazar el pago del IRPF si no tiene liquidez
Si durante el ejercicio fiscal ha obtenido importantes ganancias, por ejemplo, por la venta de un inmueble o de acciones, es posible que la cuota a pagar de su IRPF sea muy elevada. ¿Y qué sucede si no tiene liquidez para hacer frente a ese pago del impuesto? Pues tiene dos opciones:
1. Fraccionar el pago
La primera opción es fraccionar el pago en dos plazos:
· El primero de ellos es del 60% del importe a ingresar:
Si presenta la declaración antes del 26 de junio, puede domiciliar este primer pago, que se le cobrará el próximo 30 de junio.
Desde el 26 de junio incluido, ya no podrá domiciliar el primer pago y tendrá que abonarlo en el momento de presentar la declaración.
· El segundo pago del 40% restante se domicilia al presentar la declaración y se le cobrará el 5 de noviembre de 2025.
Al iniciar la presentación de una declaración "a ingresar" con Renta Web, en la "forma de ingreso" se marcará por defecto la opción de "Pago fraccionado", para ambos pagos si se presenta antes del 26 de junio, o solo para el segundo si se presenta después del 25 de junio. Solo tendrá que aceptar esta forma de ingreso para pagar el resultado de la declaración en dos veces.
No olvide tener saldo suficiente para pagar los días en que Hacienda vaya a cobrar los importes domiciliados.
2. Solicitar un aplazamiento
Si aun así no puede afrontar el pago, puede optar por solicitar un aplazamiento a la Agencia Tributaria.
Solo para pedir un aplazamiento para un importe superior a 50.000 euros será necesario presentar avales o garantías.
El interés a pagar para los aplazamientos sin garantía es el tipo de interés de demora, que actualmente es del 4,0625%.
La solicitud de aplazamiento la puede realizar a través de Renta Web al presentar la declaración. Si solicita aplazamiento, aparecerá un aviso en el justificante de presentación con un enlace para tramitar la deuda.
Aplazar el pago, paso a paso en Renta Web
Si utiliza Renta Web, al pulsar el botón de presentar la declaración aparecerá por defecto la opción de pago fraccionado en dos plazos. Si en lugar de solicitar el pago fraccionado desea solicitar un aplazamiento:
– Marque la casilla “No fraccionado”.
– En la pestaña de forma de ingreso seleccione "Otras modalidades de pago".
– Después, en el siguiente desplegable, elija la opción “Reconocimiento de deuda con solicitud de aplazamiento” y seguidamente pulse en "Aceptar" y luego en “Firmar y enviar”.

– Aparecerá el justificante de presentación de la declaración con un aviso indicando que ha presentado la declaración con un importe pendiente de ingreso, la clave de liquidación que corresponde a dicha deuda y un enlace de “Tramitar deuda”.
– Haga clic en ese enlace. Se abrirá una nueva ventana: seleccione “Aplazar”, a partir de ahí solo tiene que rellenar la solicitud de aplazamiento y hacer clic en “Firmar y Enviar”. Una vez hecho, obtendrá la confirmación de la presentación de la solicitud de aplazamiento.
En el caso de que no pueda concluir la tramitación de la presentación de la solicitud de aplazamiento de la declaración de la renta, puede volver a realizar el trámite a través de la opción "Solicitud aplazamiento/compensación Renta" dentro de los Servicios de Renta de la web de la AEAT.
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