Compensar para reducir la factura fiscal
“El año pasado, mi esposo y yo declaramos por separado. Él incluyó una pérdida patrimonial por la venta de unas acciones. ¿Quién la compensa este año si optamos por tributar conjuntamente?"
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Compensando se reduce la factura fiscal
Si declaran juntos, podrán compensar la pérdida de su esposo con ganancias obtenidas con la transmisión de bienes por cualquiera de los dos, aunque en otros ejercicios tributaran individualmente.
Si declaran por separado, la pérdida solo podrá compensarla su esposo, sin importar cómo tributaron el año en que se originaron. De ahí la conveniencia de no dejar en el tintero las pérdidas que se originen en el ejercicio e incluirlas en su declaración ya que, aunque usted no cuente con ganancias o rendimientos con los que compensarlas en el año en el que se produzcan, tendrá los cuatro ejercicios siguientes para hacerlo de forma individual o quizás conjunta si forma parte entonces de una unidad familiar. Declararlas es la forma en la que el Fisco no le pondrá pegas luego para su compensación posterior.
• Recuerde que las unidades familiares -matrimonios no separados legalmente y, si los tienen, sus hijos; o monoparental, formada por un progenitor, soltero, viudo, divorciado o separado, y sus hijos- pueden presentar una declaración conjunta, pero nadie puede formar parte de dos unidades familiares distintas. Y si un solo miembro de la unidad familiar presenta declaración individual, Hacienda aplicará la modalidad individual a los demás. En la declaración conjunta se incluyen las rentas de todos los miembros de la unidad familiar. Por ello, conviene hacer pruebas en Renta web para comprobar qué interesa más.
En nuestra Guía Fiscal 2023 (ejercicio 2022) así como en la Guía Fiscal Foral 2023 (ejercicio 2022) encontrará respuesta a cientos de dudas fiscales