Ingresos por alquileres de inmuebles: pague menos IRPF
Análisis
Ingresos por alquileres de inmuebles: pague menos IRPF
No pierda de vista la amortización del alquiler de inmuebles, cuando llegue la hora de hacer su declaración de IRPF.
Publicado el 23 enero 2023
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No pierda de vista la amortización del alquiler de inmuebles, cuando llegue la hora de hacer su declaración de IRPF.
Cuando declare su IRPF, el fisco le obliga a incluir lo cobrado en alquileres, pero no olvide deducirse todos los gastos. Sepa qué se tiene en cuenta para su cálculo.
Gastos deducibles para el arrendador
Llegada la hora de rendir cuentas al fisco uno de los gastos deducibles del alquiler de inmuebles que más suele olvidarse es la amortización, es decir, la pérdida de valor por el uso. Pero ¿cómo funciona?
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Llegada la hora de rendir cuentas al fisco uno de los gastos deducibles del alquiler de inmuebles que más suele olvidarse es la amortización, es decir, la pérdida de valor por el uso. Pero ¿cómo funciona? Usted puede deducirse por este concepto el 3% del valor de la construcción (se excluye el valor del suelo). Como valor de la construcción puede tomar el mayor de estos dos valores: el reflejado en el valor catastral que figura en el IBI; o el coste de su adquisición, que comprende el precio pagado, los gastos e impuestos de la compra, así como los gastos en ampliación o mejora del inmueble. Así pues, tendrá que hacer números para elegir cuál le conviene.
Hacemos los cálculos con un ejemplo
Supongamos que compró un piso por 180.000 euros el 15/03/2009 y pagó 20.000 euros en gastos (impuestos, notario, registro, etc.). El 01/02/2022 lo puso en alquiler por 1.200 euros al mes. El valor catastral de la vivienda es de 70.256 euros, correspondiendo 49.178 euros al valor de construcción, según el recibo de IBI de 2022.
• Cuando llegue el momento de hacer la declaración de la renta, podrá deducirse los gastos que usted soporte del inmueble (intereses del préstamo, gastos de comunidad, seguro de hogar…) y, aunque no suponga un desembolso como los anteriores, también podrá deducirse el valor de la amortización de la construcción. Deberá indicar el valor catastral total (70.256) y el de la construcción (49.128), deduciendo el porcentaje que representa el valor de construcción: 69,92% (69,92=100x 49.128/70.256). En cuanto al coste de adquisición de la construcción asciende a 139.860 euros (139.860=(180.000 + 20.000) x 0,6993); siendo más alto que el reflejado catastralmente (49.128). En conclusión, serán esos 139.860 euros sobre los que puede calcular la amortización, resultando la deducción de 3.839,44 euros (139.860 x 3% x 334 días de alquiler/365 días).
• Consulte más factores a tener en cuenta en el cálculo de la amortización del alquiler de inmuebles en Fincas y casas.