Pérdidas con monedas virtuales
Las criptomonedas son una de las inversiones más castigadas en lo que va de año: por ejemplo, el bitcoin ha caído en torno a un 53% en euros. Si ha apostado por las monedas virtuales – desoyendo nuestras recomendaciones de mantenerse alejado de ellas por los riesgos que entrañan –, puede que haya tenido pérdidas o las tenga latentes.
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Pérdidas con monedas virtuales
Las criptomonedas son una de las inversiones más castigadas en lo que va de año: por ejemplo, el bitcoin ha caído en torno a un 53% en euros. Si ha apostado por las monedas virtuales – desoyendo nuestras recomendaciones de mantenerse alejado de ellas por los riesgos que entrañan –, puede que haya tenido pérdidas o las tenga latentes. De entrada, tener pérdidas no es buena noticia, pero al menos sacarlas a la luz a la hora de recortar su factura fiscal en el IRPF. Y es que la venta de criptomonedas genera ganancias, o pérdidas, como en este caso, se incluyen en la base imponible del ahorro. Esas pérdidas se pueden compensar con otras ganancias patrimoniales que tenga. Si quedase saldo negativo, el importe podrá compensarse con el saldo positivo de rendimientos de capital mobiliario (límite del 25% de dicho saldo positivo).
• La cuantía de la pérdida o ganancia es la diferencia entre el valor de transmisión (menos gastos) y el valor de adquisición (más los gastos). Debe saber que la base del ahorro tributa en función de una escala, de manera que los primeros 6.000 euros tributan al 19%, entre 6.001 euros y 50.000 euros lo hacen al 21%, entre 50.001 y 200.000 al 23% y la parte de la base de ahorro que supere 200.000 euros tributará al 26%.