Mínimos familiares por descendientes
Si tiene hijos menores de 25 años que convivan con usted y que no obtienen rentas superiores a los 8.000 euros anuales, puede aplicar los llamados mínimos familiares por descendientes en su declaración. El mínimo aplicable varía en función del número de descendientes, yendo desde los 2.400 euros para el primero hasta 4.500 euros para el cuarto y siguientes; incluso en algunas comunidades autónomas puede alcanzar los 4.950. A dichas cantidades hay que sumarles 2.800 euros en caso de tener menores de tres años.
Para saber en qué casos no se aplica el mínimo familiar por descendientes y qué conviene hacer pinche en el botón siguiente.
Mínimos familiares por descendientes
Si tiene hijos menores de 25 años que convivan con usted y que no obtienen rentas superiores a los 8.000 euros anuales, puede aplicar los llamados mínimos familiares por descendientes en su declaración. El mínimo aplicable varía en función del número de descendientes, yendo desde los 2.400 euros para el primero hasta 4.500 euros para el cuarto y siguientes; incluso en algunas comunidades autónomas puede alcanzar los 4.950. A dichas cantidades hay que sumarles 2.800 euros en caso de tener menores de tres años.
En qué caso no se aplican
La ley establece que no se tendrá derecho a la aplicación de los mínimos por descendientes, cuando los hijos presenten la declaración de IRPF y declaren unos ingresos por todos los conceptos superiores a 1.800 euros. Pongamos por caso que uno de sus hijos tiene a su nombre unas acciones por las que recibe un dividendo de 600 euros brutos y no tiene otras rentas; le habrán retenido 114 euros. Aunque su hijo no tenga obligación de declarar, podrá recuperar dicha retención presentando la declaración, sin que usted pierda el mínimo por descendiente.
• En cambio, cuando los ingresos de los hijos superen los 1.800 euros, pero sean inferiores a 8.000, antes de presentar las declaraciones, deberá comprobar si el importe que le devuelven a su hijo compensa la pérdida del mínimo por descendiente. Para ello lo más sencillo es que calcule su declaración en RentaWeb con las dos opciones: incluyendo a su hijo y sin incluirle. Si la diferencia entre ambas opciones, supera el importe que le devuelven a su hijo, le saldrá más a cuenta que este no presente la declaración y que usted aplique el mínimo por descendiente.