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de lunes a viernes de 9:00 a 12:30 y de 13:00 a 16:00En el caso de que usted sea residente en España y a fecha del 31 de diciembre de 2020 poseía inversiones en el extranjero – o tenía disponibilidad sobre ellas – a través de un intermediario no domiciliado en nuestro país, tiene la obligación de comunicar su tenencia al Fisco español entre el 1 de enero y el 31 de marzo a través del modelo 720. Eso sí siempre que se superen ciertas cuantías.
· Si no lo hace, o incluso si lo hace fuera de plazo, se expone a ser sancionado de forma absolutamente desproporcionada. De hecho, en algunas ocasiones tales sanciones pueden llegar a superar el valor de los bienes que se tuvieron que declarar.
El modelo 720 solo puede presentarse a través de internet, por lo que es necesario disponer de certificado electrónico, DNI electrónico o bien estar dado de alta en el sistema Cl@ve PIN. Una vez registrado, podrá acceder al formulario e ir completándolo. Puede acceder al formulario desde el siguiente enlace https://www.agenciatributaria.gob.es/AEAT.sede/procedimientoini/GI34.shtml
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