Análisis Tiempo de lectura: 1 min.
Publicado el  01 julio 2020

¿Olvidó presentar la declaración?

El 30 de junio finalizó el plazo para presentar la declaración del IRPF del ejercicio 2019. ¿Se le ha pasado el plazo? Sepa qué hacer.

No espere al requerimiento de Hacienda

Si se le ha pasado el plazo para declarar (consulte nuestra secciòn Impuestos) presente la declaración fuera de plazo, sin esperar al requerimiento de Hacienda, con el sistema Renta Web. Tras la presentación fuera de plazo, si la declaración es “a ingresar” Hacienda le reclamará el recargo que corresponda al retraso (los mismos porcentajes que para declaraciones complementarias). Si la declaración es “a devolver”, Hacienda le puede reclamar una sanción de 100 euros que podrían reducirse hasta 75 euros si se está conforme con la sanción y se paga en periodo voluntario. 

• Si declara después del requerimiento de Hacienda, tendrá que abonar la siguiente sanción:
- Si la declaración es “a ingresar”, un mínimo del 26,25% de la cuota (si no se recurre ni contra la paralela ni contra la sanción y se paga la sanción en periodo voluntario), más los intereses de demora. 
- Si la declaración es a devolver, 200 euros (150 si no recurre el requerimiento y paga la sanción en el periodo voluntario).

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