Noticias El Fraude y sus Derechos

¿Están los clientes de SeBroker protegidos?

Publicado el   25 marzo 2010
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Aquellos clientes de la agencia de valores catalana SeBroker que quieran recuperar el valor de los títulos allí depositados, ya pueden solicitar su devolución al FOGAIN

“Según he leído en la prensa, la agencia de valores SeBroker Bolsa ha quebrado y  la CNMV ha acordado su intervención así como la suspensión de su actividad con el objeto de garantizar la protección de sus clientes. ¿En qué medida y cuantía están estos protegidos?”

La CNMV interviene SeBroker

El pasado 5 de marzo, la agencia de valores catalana denominada  SeBroker fue intervenida por la CNMV, y paralizada su actividad, tras presentar voluntariamente concurso de acreedores en los juzgados de Barcelona por los problemas de tesorería achacados a la fortísima caída de su negocio, produciéndose por tanto uno de los supuestos para la activación del sistema de indemnización de los inversores, al que SeBroker está acogida.


El fondo de garantía de inversiones

Esto significa que todos aquellos de sus clientes que quieran recuperar el valor de las acciones y otros instrumentos financieros allí depositados pueden ya solicitar su devolución al  Fondo de Garantía de Inversiones (FOGAIN), con el límite cuantitativo de 100.000 euros por inversor (cualesquiera que sean el número y clase de valores).

Para facilitar a los clientes dicha reclamación, la Sociedad Gestora del Fondo de Garantía de Inversiones ha dispuesto en su página web www.fogain.es  (a cuyo enlace se puede acceder también en la página web de la CNMV www.cnmv.es) los correspondientes formularios de reclamación (que también se pueden solicitaren las oficinas de la CNMV de Madrid – c/Miguel Ángel, 11 - y Barcelona -Paseo de Gracia 19- así como en las oficinas de la Sociedad Gestora del Fondo de Garantía de Inversiones de Madrid – Paseo de la Habana, 82 –).

Para resolver cualquier cuestión que pueda surgirle en la cumplimentación del formulario o durante la tramitación de su solicitud, puede dirigirse a la Gestora a través del teléfono 91 443 06 50.


Cobertura del  FOGAIN

Si usted ha confiado valores y efectivo a una empresa de servicios de inversión (sociedad o agencia de valores, sociedad gestora de carteras) ya sea en depósito, en custodia o  para la gestión discrecional de una cartera de valores, y la entidad se viera imposibilitada (por encontrarse en una situación de concurso judicial o de declaración de insolvencia por parte de la CNMV) para  devolverle o poner a su disposición el efectivo o los valores que le hubiera confiado., entonces usted estará cubierto por el FOGAIN que le podrá satisfacer una indemnización de hasta un máximo de 100.000 euros para aquellas situaciones de concurso de acreedores o declaración de insolvencia administrativa que tengan lugar con posterioridad al 11 de octubre de 2008.

Para aquellas situaciones anteriores, cuyos procesos indemnizatorios se encuentran abiertos (AVA; Gescartera; X.M. Patrimonios;  Broker Balear; Bolsa 8, Agencia de Valores y Bolsa) la cobertura es de 20.000 euros como máximo.