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Cómo rescatar un seguro de ahorro

CIC Iberbanco ofrece una cuenta con un interés creciente que puede alcanzar el 4%.

Le guiamos a la hora de rescatar un seguro de ahorro.

Publicado el  19 septiembre 2022
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CIC Iberbanco ofrece una cuenta con un interés creciente que puede alcanzar el 4%.

Le guiamos a la hora de rescatar un seguro de ahorro.

Por muy satisfecho que esté con su seguro, pueden sobrevenir circunstancias en las que deba solicitar su rescate. Le guiamos en este empeño.

Un producto que puede interesarle

Los seguros de ahorro son al fin y al cabo una póliza en la que, por un lado, el tomador se compromete a aportar unas cantidades periódicas o una única aportación inicial; y por otro, la aseguradora se compromete llegado el vencimiento a devolver la cantidad invertida más los intereses generados.
• Lo de “seguro” no es tanto, porque sean productos sin ningún riesgo, sino porque se les añade un pequeño seguro de vida. En caso de fallecimiento del tomador, indemniza a la persona o personas que este libremente designe, con los capitales acumulados y de forma testimonial con una cantidad extra. Una cualidad que los puede convertir, en aquellos casos en que se quiera prever la distribución del patrimonio con mayor libertad llegado el deceso, en un factor determinante para su contratación.

Pero quizás no hasta el vencimiento

Si usted no puede o no quiere esperar al vencimiento de su seguro, bien porque necesite ese dinero y no pueda echar mano de otras fuentes, bien porque quiera “cambiarlo” por haber encontrado otro producto más rentable, podrá solicitar la cancelación total o parcial de su seguro de vida-ahorro. Excepción hecha de los SIALPque por Ley solo permiten la cancelación total.
• En el momento de la contratación de un seguro con rendimiento predeterminado la compañía le habrá proporcionado una tabla con los valores de rescate. En esta se especifican los montantes a recuperar (antes de la retención fiscal a cuenta del IRPF, en caso de implicar ganancias) y los momentos en que estos pueden hacerse. La tabla empezará a ofrecer valores de rescate como tarde tras un año desde la contratación; es decir, pagada la segunda anualidad, aunque lo habitual es que las aseguradoras permitan rescatarlo una vez cumplidos los tres primeros meses desde la contratación.  Estos plazos también afectan a los seguros donde el asegurado asume el riesgo de la inversión (unit linked). Aunque en este caso no se garantizan valores, sino solo la fecha a partir de la cual puede hacerse el rescate; que, por ejemplo, en el caso del Plan Ahorro Futuro de Caser es a partir de 70 días desde la fecha de efecto de la póliza.

Reflexione antes de actuar

Si el plazo que resta hasta su vencimiento o renovación no es muy largo, rescatar un seguro de ahorro no siempre es la opción más interesante. Esperar a su vencimiento si no es renovable, u ordenar una “no renovación” un mes antes de que acontezca, en caso de ser renovable, le evitará papeleo y posibles penalizaciones. Por ejemplo, si tuviera el Flexiahorra de HNA a 1 año, el comercial se pondría en contacto con usted un mes antes del vencimiento para informarle del nuevo interés e intentar que renueve la póliza para el año siguiente. Si quiere recuperar su dinero, simplemente rechace la oferta y, llegado el vencimiento, le ingresarán la prima más los intereses pactados en el número de cuenta indicado en la formalización de la póliza. 


Cancelación ≠ No renovación
No confunda la cancelación con la no renovación de un seguro. En los seguros renovables por períodos (normalmente de un año), tiene que avisar con un mínimo de un mes de antelación de su intención de darse de baja para que no se produzca la renovación automática. 

Cuidado con las penalizaciones

Si su objetivo es mejorar el rendimiento del dinero que tiene en su seguro de ahorro, no se ciegue con el rendimiento del nuevo producto y consulte las condiciones particulares del que ya posea. Es decir, compruebe antes si de verdad le merece la pena cambiar. Y es que es posible – sobre todo en los seguros contratados hace bastantes años – que cuente con penalizaciones gravosas por rescate, o que aquellos que prefijan un interés creciente ofrezcan a vencimiento un rendimiento mayor que el que puede obtener con el producto de destino; no sea que con el cambio pierda más de lo que gane.

Guíese por la rentabilidad

Si con su seguro de ahorro obtiene una escasa rentabilidad neta, siempre que las eventuales penalizaciones no le afeen el cambio, no dude en rescatarlo e invertir en otro producto de ahorro más rentable; bien siguiendo alguna de nuestras carteras – si piensa mantener más de 5 años su inversión –; bien invirtiendo en otro seguro, depósito o cuenta -consulte los mejores para su caso aquí-, si lo necesitara a menor plazo.  Basta con que indique el plazo y la cuantía para saber qué productos son los más rentables.

Si su seguro paga beneficios

El atractivo de algunos seguros es la participación en beneficios que complementa el interés garantizado. Algo que deben tener en cuenta, por ejemplo, los partícipes del plan de jubilación de la Mutua Madrileña. En este caso si usted cobra o rescata todo su plan a partir del 1 de enero, es decir si mantenía “viva su póliza” a 31 de diciembre, tendrá derecho a cobrar la participación en beneficios del año precedente. Para ello puede solicitar el rescate parcial dejando viva la póliza con una pequeña cantidad hasta al menos el 1 de enero y, dado que dicha participación en beneficios debe ser aprobada en Junta antes de su re-parto, no será hasta mediados del año siguiente cuando se lo comuniquen y abonen.

Reducción de la prima

Si no desea ni el “rescate” ni la “no renovación” de la póliza, sino dejar de realizar aportaciones – en especial en aquellos casos en los que su póliza sí es interesante, pero no lo es tanto seguir aportando por los costes que conlleva como p.ej. en el en el Plan de Jubilación de Mutua Madrileña Automovilista para los del ramo 3 en los dos últimos años o los del ramo 5 en los 5 últimos –, bastaría con comunicar a la compañía su deseo de “reducir” la prima a cero a partir del siguiente pago.

¿Se arrepintió de contratarlo?

Los consumidores pueden ejercer el derecho de desistimiento en los contratos de seguro de vida-ahorro y en los contratos a distancia. Es decir, si se arrepiente de la contratación puede cancelarlos antes de que pasen 30 días desde la firma o desde que reciba la póliza en el primer caso; o 14 días naturales en el segundo. Eso sí, no podrá ejercerse el derecho de desistimiento en aquellos seguros en los que el tomador asume los riesgos de inversión, es decir, los Unit Linked. En los contratos de seguro realizados a distancia se excluye explícitamente a los Planes de previsión Asegurados y de nuevo, contratos en los que se asume el riesgo de inversión. 
• Una vez informada de forma fehaciente la aseguradora de la intención de cancelar el contrato, ésta deberá devolver el dinero en un plazo de 14 días na-urales tras la notificación. De lo contrario, tendrá que pagar el doble de la cantidad y además estará sujeta a la reclamación de daños y perjuicios. Desistir del contrato no conlleva penalización alguna o coste adicional.

Cómo solicitar el rescate 

Debe solicitar el rescate a través de un canal de comunicación fehaciente que le permita registrar la solicitud de baja y confirme que la aseguradora la ha recibido. 
• Entre la documentación a entregar algunas entidades pueden excederse en su petición, por ejemplo, al pedirle el último recibo pagado. Además, será conveniente indicar en la solicitud de rescate la forma de cobro que puede ser en forma de capital, renta o mixta; y el número de cuenta donde desea recibir el ingreso una vez aplicada la retención. Tenga en cuenta que el capital a percibir en la cancelación vendrá marcado en la tabla de amortización de la póliza y en el peor de los casos, sobre todo en los primeros años, podría saldarse con pérdidas.
• La aseguradora, una vez recibida la notificación de cancelación, no debería retrasar el pago más allá de una semana. 

Vías de comunicación fehacientes
Para comunicar la cancelación y asegurarse de que esta surta efecto, puede hacerlo:
• Por escrito. Redacte su solicitud de baja, entréguela por duplicado en la oficina de la aseguradora y pida que sellen su copia y le pongan fecha. Si les envía un correo electrónico o rellena un formulario en la web de la aseguradora puede que surta efecto, pero sin que la aseguradora confirme su recepción no tendrá prueba fehaciente de ello. 
• Por burofax. Este sistema de envío a la aseguradora través de Correos se puede hacer desde una oficina del organismo u online. Esta operación deja registro, pero tiene un coste de 8,22 euros.


Si necesita un ejemplo de solicitud de rescate de un seguro de ahorro, puede descargarse nuestro Modelo de solicitud de rescate