Seguro del hogar
Para materializar el seguro que le ofrecemos como ventaja exclusiva, hemos actuado con total independencia:
- Hemos hecho una negociación abierta y dirigida por igual a todas las aseguradoras del mercado.
- Hemos llegado a un acuerdo satisfactorio, lo que no significa que no podamos firmar otros convenios similares con otras entidades que nos ofrezcan condiciones igualmente interesantes.
- Si en el futuro, y gracias a nuestro análisis permanente del mercado, encontramos un producto más ventajoso que el convenido, no dudaremos en aconsejárselo y buscaremos la forma de mejorar las condiciones negociadas hasta la fecha.
El resultado es un seguro del hogar sencillo y sin sorpresas. Le avanzamos algunas de sus cualidades:
- Está dirigido a socios de la OCU que sean propietarios de las viviendas que quieran asegurar y no las alquilen (no sirve para arrendadores y no es la más adecuada para inquilinos, aunque mejora la mayoría de las pólizas existentes).
- Los socios de la OCU obtendrán un 5% sobre la tarifa.
- Cubre todos los riesgos accidentales que pueden afectar al hogar, salvo una pequeña lista de exclusiones. Así puede saberse rápidamente qué percances están amparados por el seguro y cuáles no. Se establece una franquicia de 60 euros por siniestro, que juzgamos aceptable si se sopesa el conjunto de ventajas ofrecidas y el precio, así como la frecuencia con que suelen producirse los siniestros (uno cada cuatro años, por término medio).
- Contiene medidas para evitar o suavizar la aplicación de la "regla proporcional" y garantizar que se reciben unas indemnizaciones suficientes para afrontar los siniestros. Entre otras cosas, se pueden asegurar unos capitales determinados para el continente, que han sido convenidos con nosotros y garantizan la no aplicación de la regla proporcional; para saber cuál correspondería a su vivienda, consulte el siguiente cuadro:
Capitales determinados para el continente
| Tipo de vivienda |
Calidad de la construcción |
Valoración del continente (euros/m2) |
| Piso o apartamento en edificio de viviendas |
Sencilla Media Alta |
581,32 609,37 743,99 |
| Vivienda unifamiliar adosada |
Sencilla Media Alta |
897,14
969,46
1.111,01 |
| Chalet independiente |
Sencilla Media Alta |
1.153,92
1.332,39 |
- En caso de siniestro, tanto continente como contenido se indemnizan por su valor "de nuevo" (es decir, por el precio que costaría comprarlos o reponerlos nuevos en ese momento), a no ser que se trate de aparatos eléctricos, aparatos electrónicos o ropa, que se indemnizan por el valor real.
- Los gastos de extinción, salvamento, demolición, desescombro, alojamiento provisional y pérdida de alquileres ocasionados por un siniestro se indemnizan aparte de la cobertura de continente y contenido, hasta un límite igual al 50% de la suma de capitales contratados.
- Si surge alguna discrepancia con la compañía y el servicio de atención al cliente no ofrece una solución satisfactoria, el asegurado podrá recurrir a las juntas arbitrales de consumo, una ventaja poco común, pues normalmente las compañías no se someten al arbitraje de consumo.