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Nueva tasa de basuras de Madrid: OCU anima a recurrirla

29 sep. 2026
  • La ordenanza aplicable en 2026 introduce cambios sobre la anterior, pero sigue sin adaptarse lo suficiente al principio de “quien contamina paga”.
  • OCU anima a los madrileños a recurrir el recibo de la tasa utilizando un modelo específico que ha preparado. No obstante, recuerda la necesidad de pagarla antes dentro del periodo voluntario para evitar recargos.
  • Más información en este enlace.

La Ley 7/2022 de residuos y suelos contaminados para una economía circular perseguía un objetivo claro: vincular la financiación de la gestión de los residuos al comportamiento real de los ciudadanos. El principio de “quien contamina paga” debía convertirse en el eje de las nuevas tasas municipales, incentivando la reducción de residuos y una correcta separación para el reciclaje. Lamentablemente, sigue sin ser el caso de la tasa de Madrid, aun habiendo sido reformulada después de varios reveses judiciales, advierte la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU).

 

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid anuló la ordenanza de 2025 por la forma en que el Ayuntamiento justificó económicamente su cálculo y la falta de transparencia sobre la documentación técnica. No obstante, la sentencia no es aún firme al haberse admitido a trámite los recursos de casación del Consistorio para aclarar qué documentación debe ofrecerse a los usuarios.

 

La tasa que se cobrará en 2026 se basa en una nueva ordenanza, distinta de la anterior. No obstante, mantiene el esquema anterior: una tarifa básica y otra relacionada con la generación de residuos, incorporando el número de residentes entre los elementos utilizados para calcular la cuota. Pero también siguen teniendo demasiado peso criterios generales, no individualizados, como el valor catastral y los datos de generación y separación de residuos por barrios. Y precisamente ahí se encuentra una de las principales objeciones de OCU. El principio de “quien contamina paga” persigue que el coste soportado por cada contribuyente guarde relación con la cantidad de residuos que realmente genera y con su comportamiento en materia de reciclaje. Por ejemplo, a través de la valoración del uso de los puntos limpios o la participación en programas de compostaje.

 

Al igual que propuso con la anterior tasa, OCU aconseja recurrir el recibo por las dudas que plantea la justificación de los costes repercutidos y la correcta consideración de los ingresos derivados de la responsabilidad ampliada del productor. Pero también recuerda que la tasa está vigente y debe abonarse dentro del periodo voluntario de pago, del 1 de octubre al 30 de noviembre, para evitar recargos. De hecho, el plazo para recurrir no empieza hasta el 1 de diciembre y termina el 30 del mismo mes; una acción que la organización facilita a través de un modelo preparado al efecto. El recurso no garantiza una devolución, pero permite mantener abierta esa posibilidad si finalmente los tribunales anulan la ordenanza, siempre que el acto no llegue a adquirir firmeza.

 

 

Esta información ha sido elaborada por un equipo de profesionales de OCU que, en colaboración con otras organizaciones de consumidores miembros de Euroconsumers y una red de laboratorios certificados, analizan desde 1975 los principales productos y servicios de consumo. Su trabajo se sustenta en los principios de ahorro, calidad, sostenibilidad y transparencia, pero sobre todo en la independencia que le proporcionan más de 160.000 socios activos y 1.590.000 simpatizantes.

 

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