Desde OCU deseamos informarte que nuestra página web utiliza cookies propias y de terceros para medir y analizar la navegación de nuestros usuarios con el fin de poder ofrecerte productos y servicios de tu interés. Mediante el uso de nuestro sitio web aceptas esta Política y consientes el uso de cookies. Puedes cambiar la configuración u obtener más información consultando aquí.

Gracias a la demanda de OCU el juzgado obliga a Ryanair a pagar más de 125.000 euros a afectados

25 ene. 2023
  • El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Madrid ha dictado Sentencia por la que reconoce en favor de los afectados que se sumaron a la demanda de OCU, el derecho a percibir la indemnización legal correspondiente más los intereses moratorios.
  • OCU insta a la compañía aérea a que pague de manera voluntaria a los usuarios que llevan más de 5 años esperando una compensación que por ley les corresponde.
  • La Organización anima a reclamar a todos los afectados por huelgas u otro tipo de cancelaciones, las correspondientes compensaciones, así como los perjuicios que puedan acreditar.

En agosto de 2018, la Organización de Consumidores y Usuarios puso en marcha una acción judicial para ayudar a los afectados a reclamar las indemnizaciones que les correspondían por las huelgas secundadas por la plantilla de Ryanair ese verano.

 

Tras varios requerimientos a la empresa por parte de OCU, sin obtener una respuesta satisfactoria, la Organización no tuvo más remedio que presentar en julio de 2020 una demanda en nombre de los 365 socios que decidieron confiar en la Organización.

 

En julio de 2021, Ryanair presentó un escrito en el juzgado allanándose parcialmente a las peticiones que constaban en la demanda y tras la celebración de una vista en febrero de 2022, el Juzgado ha dictado una sentencia por la que estima un total de 128.643,32 euros más los intereses moratorios legales desde la presentación de la demanda, lo que hace una media de aproximadamente 800 euros por expediente.

 

OCU espera que ahora la compañía pague de manera voluntaria y no obligue a los afectados a acudir nuevamente a los tribunales para solicitar su ejecución, por el mayor coste en tiempo y dinero que ello conlleva, sin necesidad, pues ha quedado demostrado que solo se trata de dilatar en el tiempo un derecho legalmente reconocido que no precisa de un veredicto judicial.

 

Se trata de una buena noticia porque supone un reconocimiento judicial de los derechos de los consumidores afectados, y la Organización consigue así un nuevo triunfo en la defensa de los derechos de los pasajeros aéreos.

 

OCU anima a todos aquellos afectados por huelgas u otro tipo de cancelaciones de vuelos que no cesen en su reclamación ya que pueden conseguir, como en este caso, una indemnización que oscila entre los 250 y los 600 euros, así como el importe correspondiente a los perjuicios causados que puedan demostrar.

 

Más información en este enlace.

 

Esta información ha sido elaborada por un equipo de ingenieros, economistas, abogados, estadísticos, editores y diseñadores de OCU que, en colaboración con laboratorios independientes, analizan desde 1975 los principales productos y servicios de consumo. Su trabajo se sustenta en los principios de ahorro, calidad, eficiencia y sostenibilidad, pero sobre todo en la independencia que le proporcionan sus más de 200.000 socios activos.

 

Para más información (medios de comunicación) Teléfono: 91 722 60 61 – prensa@ocu.org www.ocu.org