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OCU valora positivamente la nueva normativa de juego del Gobierno Balear

14 abr. 2023
  • OCU considera positivo que la nueva normativa recoja en gran medida las peticiones que la Organización demanda en su campaña.
  • La nueva normativa incluye distancias mínimas de 500 metros respecto a centros educativos y centros de tratamiento del juego y respecto a otros establecimientos de juego.
  • También incluye medidas de control de acceso en las máquinas de juego y apuestas en hostelería, que deberían concretarse y ser más restrictivas.
  • Información ampliada: detalle sobre la normativa e información de la campaña sobre apuestas y juego. 

Según indica el propio Gobierno Balear, las Islas Baleares son el tercer territorio español con mayor densidad de oferta de juegos de azar y apuestas. Con el fin de proteger a los menores y a otros colectivos vulnerables y ante la proliferación de salas de juego, apuestas y casinos, el Gobierno Balear ha aprobado finalmente la nueva ley de juego.

 

Esta normativa recoge muchas de las peticiones de la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) en esta materia como son:

 

  • Establecimiento de un ratio igual o inferior a 75 salas de juego y locales de apuestas por cada millón de habitantes.  
  • Establecimiento de un número máximo de casinos de juego (3) y salas de bingo (4) en la comunidad
  • Establecimiento de una distancia mínima de 500 metros respecto a zonas escolares, parques infantiles o centros de tratamiento de juego patológico.
  • Distancia mínima de 500 metros también entre locales de apuestas.

 

También en línea con las peticiones de OCU, se prohíbe la publicidad, patrocinio u obsequios asociados a la práctica de juego, y no se permite la publicidad o incitación al juego en las fachadas o cristaleras de los locales, en centros comerciales o eventos deportivos. Sin embargo, de forma excepcional, se podrán publicitar los casinos en zonas turísticas, puertos o aeropuertos.

 

Respecto a las máquinas en hostelería la nueva normativa indica que las máquinas deben estar apagadas, sin emitir estímulos lumínicos o sonoros, mientras no estén en uso, además de prohibir el uso de imágenes o reclamos violentos, racistas o sexistas.

 

A pesar de que se establece un control electrónico de acceso a las máquinas de juego en hostelería, tal y como como OCU pedía, el control se reduce a una serie de preguntas para verificar la edad. OCU considera que es necesario concretar esas medidas de control para poder comprobar de forma eficaz la veracidad de la mayoría de edad de los usuarios.

 

En términos generales, OCU valora positivamente esta nueva normativa y anima al resto de comunidades autónomas a actualizar la legislación vigente incorporando medidas que protejan de manera efectiva a los consumidores, especialmente a los más vulnerables.

 

 

Esta información ha sido elaborada por un equipo de profesionales sanitarios, nutricionistas, tecnólogos de los alimentos, estadísticos y editores de OCU que, en colaboración con laboratorios independientes, analizan desde 1975 los principales productos y servicios de salud y alimentación. Su trabajo se sustenta en los principios de la evidencia científica, la calidad, la eficiencia y la sostenibilidad, pero sobre todo en la independencia que le proporcionan sus más de 200.000 socios activos.

 

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