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Cumplir con Hacienda
hace un año - lunes, 12 de abril de 2021
La llegada del mes de abril, en lo que respecta a nuestras obligaciones fiscales como ciudadanos, es sinónimo del arranque de la campaña de la renta.
Esta cita anual con el fisco se extiende hasta el 30 de junio o el 25 de junio en caso de que le toque pagar y quiera domiciliar dicho pago. Como ve el plazo es bastante amplio. Ahora bien, ni es cuestión de dormirse en los laureles, pero tampoco de apresurarse sin ton ni son a presentarla. Los impuestos son algo que no hay que tomarse a la ligera, pues tocan directamente a nuestro bolsillo. Por eso conviene dedicar un tiempo para revisar bien los datos que de nosotros tiene Hacienda y contrastarlos con los que obren en nuestro poder; máxime cuando haya hecho alguna operación financiera como vender acciones, inmuebles o criptodivisas; casos en los que el propio fisco le advertirá de que no cuenta con todos los datos y no debiera sin completarlos confirmar el borrador. Pero es que, aunque le ponga en bandeja todos los datos tampoco debiera darlos por buenos a la primera. Dar por sentado que la información que maneja Hacienda es correcta puede ser un error de bulto. Un error que puede derivar en la generación de una declaración paralela, si pagó menos de lo que le correspondía o si solicitó una mayor devolución, y provocar en consecuencia una sanción.
Le recordamos que, aunque el fisco le diga que desconoce ciertos datos no implica que no debe declararlos y mucho menos que no pueda llegar a conocerlos tarde o temprano. Un año da mucho de sí, a lo largo de él son muchas las cosas que pueden cambiar sin que Hacienda se entere; y más en un año como 2020, donde el coronavirus obligó a mover las carteras, hacer ventas y pudo cambiar la situación familiar. Y es que pudo haber recibido un inmueble en herencia, haberlo puesto en alquiler, pagado una cuota a un colegio profesional; o generar el derecho a alguna deducción autonómica o por doble deducción internacional de dividendos de las que el fisco puede olvidarse … Ya ve que las casuísticas son múltiples – no terminaríamos aquí de enumerarlas todas – como también lo son los interrogantes que pueden surgirle a la hora de declarar.
Para evitar terminar pagando más de lo necesario y dar respuesta a estos y otros interrogantes que puedan surgirle con respecto a la declaración del IRPF, le recomendamos que consulte nuestra “Guía fiscal 2021” o la “Guía fiscal foral 2021” si es residente en el País Vasco o Navarra. Ambas están disponibles en la sección de Fiscalidad>Impuestos de nuestra web y en ellas encontrará la solución detallada a preguntas del tipo: “¿Qué gastos se deducen de intereses y dividendos?”, “En 2020 vendí por 7.000 euros las participaciones de un fondo de inversión compradas en 1993 por 1.200 euros, ¿qué coeficientes aplico a la ganancia?” … Esperamos que estas guías le sirvan de apoyo para hacer más llevadero este trámite anual con Hacienda.