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Juntas de accionistas: ojo avizor
hace 6 años - lunes, 27 de marzo de 2017
¿Qué hacer en la Junta de accionistas de su empresa? ¿Sus intereses están protegidos?
Empieza la época de las Juntas de accionistas. Una cita que lejos de ser una formalidad tediosa, supone una oportunidad única, prevista y protegida por la Ley, para que sus accionistas desempeñen su papel de legítimos dueños de la empresa. En estas asambleas anuales la Ley obliga a sus gestores no solo a rendir cuentas sobre la gestión del año anterior, sino también a someter a la autorización de sus accionistas todas aquellas decisiones mayores que definan el rumbo futuro de la empresa y, a la postre, el valor de su inversión. Temas como la modificación de estatutos, las operaciones corporativas (fusiones, cesiones, inversiones y desinversiones…), los aumentos y disminuciones de capital y la supresión del derecho de suscripción preferente de los accionistas, de cara a futuras emisiones de acciones, son competencia de la Junta y requieren autorización expresa de los accionistas.
Hablamos de un mecanismo previsto para proteger al inversor ante la dilución que sufren las acciones en una ampliación de capital (que por definición debe hacerse a un precio inferior al de mercado). Una compensación a la que el accionista puede renunciar según la Ley, solo en caso de que el “interés social así lo exija”. Una redacción que sugiere la idea lógica de casos extraordinarios en los que la probabilidad de mayores pérdidas para los accionistas (supervivencia de la empresa…) esté en juego. Pues bien, vemos con preocupación que cada vez más gestores aprovechan la confianza de sus accionistas para hacer pasar bajo un disfraz inofensivo de punto rutinario del orden del día, autorizaciones genéricas que les otorguen carta blanca para futuras operaciones potencialmente nocivas para sus intereses. Nos referimos en concreto a autorizaciones para emitir valores convertibles en acciones o directamente ampliaciones de capital, en plazos futuros y algo ambiguos (entre 3 y 5 años), con la facultad de suprimir el derecho de suscripción preferente que por ley les corresponde y que les dispensa de pedir permiso a sus accionistas llegado el momento de la operación.
Al caso que mencionamos hace unos días sobre la Junta de BBVA, se suman esta semana nada menos que tres más: Santander, Popular y Ence (vea artículo al respecto). Nuestra experiencia nos demuestra que este tipo de operaciones suele perseguir más bien el interés de sus consejeros: a cambio de un jugoso descuento ofrecido a inversores afines a sus tesis y financiado por los propios accionistas, no buscan más que proteger sus poltronas. A imagen de lo sucedido con Iberdrola en 2011 en la que la denuncia ante los tribunales obtuvo la compensación debida para aquellos que se sumaron a la misma, no cesaremos en nuestra vigilancia ante este tipo de abusos. Hágase oír, no dé carta blanca para futuros expolios y vote en contra de este tipo de autorizaciones.
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