- Sala de prensa
- La sinrazón de prohibir el alquiler de vacaciones
Noticias
Posiciones editoriales
La sinrazón de prohibir el alquiler de vacaciones
hace 8 años - jueves, 14 de mayo de 2015
Hay que legislar con cabeza, preservando los derechos en juego. No tiene sentido restringir el alquiler particular.
Hay que reafirmar el derecho de los particulares a poner en alquiler sus viviendas o parte de ellas, del modo que mejor convenga a las dos partes interesadas: el propietario y el inquilino. También para estancias cortas, que pueden convenir a turistas o a otros viajeros.
Esta opción existe desde hace décadas. Permite al inquilino optar libremente por un tipo de alojamiento que le conviene por sus gustos, su composición familiar, su flexibilidad, su coste, etc. Con los actuales portales de anuncios en la web, la información que posee antes de reservar es suficientemente amplia como para asegurarse en gran medida una elección de acuerdo a su criterio. No necesita una placa oficial.
Y permite al propietario obtener algún rendimiento de su inmueble, y tributar por ello.
No existía un problema
En OCU constatamos que el número de reclamaciones que año a año recibimos por estos motivos es muy reducido, menos del 1% del total de reclamaciones. Y esto vale también para los hoteles. Afortunadamente, en España el nivel del alojamiento turístico en sentido amplio es muy satisfactorio. El último ranking de la Unión Europea sobre valoración de los servicios por los consumidores (“Consumer Scoreboard”, 2014), afirma que en España los servicios de “Holiday accommodation” son el segundo tipo de servicios mejor valorados, de una lista de 31. Su puntuación es de 81,4 / 100.
Esa calidad se ve refrendada por hechos. Con un turismo en auge, los hoteles han visto mejorar sus ratios de ocupación, y se construyen nuevos establecimientos. Sin embargo, el hecho de que el alojamiento en viviendas crezca a ritmos aún superiores levanta suspicacias, aunque en realidad no existe competencia con los hoteles. Son ofertas distintas. La propia CNMC ha impugnado normativas como la madrileña.
¿Por qué se legisla entonces?
La presión del sector hotelero ha contribuido a que muchas comunidades autónomas se lancen a regular las “viviendas de uso turístico” con exigencias dispares que nos parecen exageradas y a veces, de imposible cumplimiento. El intervencionismo de la Administración llega a cotas inauditas.
Pedimos una regulación que sea uniforme en todo el país y que permita el alquiler particular con las mismas y únicas exigencias que están previstas para una vivienda ordinaria: licencia de primera ocupación, cédula de habitabilidad, servicios en funcionamiento. El resto, si tiene la cama más grande o más pequeña, si tiene internet o puntos de luz en cada mesita de noche, si va a estar dos noches o quince, etc., debe dejarse a la elección de los usuarios.
Otra cosa es que se controle a algunos empresarios que quizá aprovechen esta figura para competir con el resto de modalidades de alojamiento reglado. El necesario control de esta realidad no puede ser excusa para cercenar el derecho del particular a alquilar.
Vea en Fincas y Casas Los nuevos límites al alquiler de vacaciones.