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Regulación de fondos: ¿en pro del partícipe?
hace 8 años - lunes, 9 de marzo de 2015
El Gobierno ha adoptado una medida que debería, en teoría, beneficiar a los partícipes de fondos. ¿Y en la práctica?
Regulación y más regulación. Tras lo ocurrido en Bestinver con la marcha de su gestor estrella, el Gobierno ha tenido una “gran idea”. Si la gestora quiere poner en valor el buen nombre del gestor de un fondo deberá recogerlo en el folleto de inversión e incluirse en la categoría de fondo de autor. De tal manera que si este se marchara del fondo causaría un cambio significativo en su política de inversión y, a cambio, los partícipes podrán abandonar el producto sin coste alguno, haciendo uso del denominado derecho de separación. Así el partícipe queda supuestamente protegido.
Pero nosotros creemos que ocurre todo lo contrario. En primer lugar, porque queda en manos de la gestora que en el fondo aparezca o no el nombre del gestor, y esto no evita que los partícipes sigan eligiendo sus fondos en función del gestor como se venía haciendo hasta ahora. El nombre de los gestores siempre ha sido conocido y publicado sin que aparezca en el nombre del fondo o en la política de inversión.
Y en segundo lugar, porque el famoso derecho de separación, en ocasiones, lejos de ser una ventana para evitar costes puede llegar incluso a perjudicar al partícipe. Y es que cuando usted decide ejercer el derecho de separación no recibe su dinero de inmediato, sino que debe esperar a la liquidación del fondo –la gestora tiene de plazo un mes desde que lo comunica hasta que lo liquida-, tiempo en el que su dinero queda inmovilizado. Además, usted no conocerá el valor de sus participaciones hasta el final, pudiendo obtener importantes pérdidas si bajase de valor. Y todo ello para evitar una comisión de reembolso que, excepto para los fondos garantizados, pocos son ya los que la aplican dejando sin sentido la aplicación del derecho de separación. De hecho, es Bestinver precisamente la que esta semana eliminaba dicha comisión de reembolso de aquellos fondos en los que la mantenía. Comisión que solo en contados casos iba a parar al fondo, protegiendo de la salida del partícipe a aquellos que permanecían aún en el producto, y no engordando las arcas de la propia gestora.
Pero ¿por qué en lugar de intentar proteger tanto al partícipe con medidas en la práctica poco eficaces, no intentan ser más críticos con el sector? A nuestro juicio el regulador debería tomar medidas para rebajar los elevados gastos totales que se cobran anualmente a los inversores (un 1,31% de media en los fondos españoles) y que incluso superan el rendimiento de la cartera de fondos (caso de los de renta fija), y puede llevar a los inversores a obtener pérdidas. Limitando un poco más la comisión de gestión y depósito fijada actualmente en el ¡2,45%! mejoraría sustancialmente el rendimiento anual para el partícipe. Solo hace falta pensar en el partícipe y tener ganas de hacerlo.
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