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¿Comisiones? Sus seis derechos
hace 9 años - martes, 17 de junio de 2014
En España las comisiones son de libre fijación por parte de las entidades, pero esto no significa que puedan cobrarle sin ton ni son. Le recordamos cuáles son sus derechos al respecto.
Si no quiere que operar con acciones le cueste un ojo de la cara, más vale que elija con tino aquel intermediario con el que vaya a tramitar sus órdenes y se encargue de custodiar sus títulos. Comisiones, cánones bursátiles y demás gastos asociados influirán, notablemente en ciertos casos, en la rentabilidad final que usted pueda lograr. Gastos que no siempre respetan el principio de proporcionalidad entre lo cobrado y el servicio realmente prestado. En España las comisiones son de libre fijación por las entidades, pero esto no significa que puedan cobrarle sin ton ni son. Preste atención a sus derechos al respecto:
Primero: Las entidades solo pueden cobrar comisiones por servicios efectivamente prestados que hayan sido solicitados y aceptados de forma expresa o tácita por el cliente y que estén recogidos en el libro de tarifas.
Segundo: La entidad tiene la obligación de informar al cliente del precio total que ha de pagar por cada operación o servicio de inversión que le preste.
Tercero: El cliente puede solicitar el desglose detallado de todos los gastos y comisiones.
Cuarto: La modificación de las comisiones y gastos aplicables exige informar previamente al cliente. Si la entidad los modifica al alza, se debe otorgar al cliente un plazo mínimo de un mes desde la recepción de la información para modificar o cancelar su relación contractual sin que le sean de aplicación las nuevas condiciones. Si fuera a la baja, se le debe informar igualmente, sin perjuicio de su aplicación inmediata.
Quinto: Los folletos de tarifas recogen cuantías máximas pero pueden negociarse con la entidad financiera la aplicación de importes inferiores. Si llega a un acuerdo
en este sentido, exíjalo por escrito.
en este sentido, exíjalo por escrito.
Derechos que no siempre se respetan en la práctica, por lo que si usted se encuentra en tal situación y se ha visto perjudicado no deje que su entidad escurra el bulto y reclame.
Y como colofón, nosotros le decimos que cuenta con un sexto derecho no menos importante:
Y como colofón, nosotros le decimos que cuenta con un sexto derecho no menos importante:
Sexto: Usted tiene el derecho a pagar la menor cantidad de comisiones posible.
Informarse a través una fuente independiente como OCU inversores y elegir el intermediario más idóneo para su perfil es la mejor respuesta a las entidades menos sensibles con los bolsillos de sus clientes. Para ello cuenta con nuestros análisis y el comparador “Elegir intermediario” de nuestra web. Además, si accede a algún servicio como la ventaja negociada con Selfbank para la operativa con acciones españolas y extranjeras para los socios de OCU, casi seguro que contará con la baza ganadora para no salir esquilmado por su bróker.