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¿Quién paga las multas?
hace 9 años - lunes, 30 de septiembre de 2013
¿Quién paga realmente las multas que impone el organismo regulador en el ámbito financiero? ¿Y quién sale finalmente beneficiado?
En 2012, la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) impuso un total de 57 multas, por un valor cercano a los 25 millones de euros, 9 millones más que en el año anterior. Algo que resalta frente al paupérrimo ánimo sancionador de años precedentes, en los que brillaron las malas prácticas en el mundo financiero y, sin embargo, la imposición de multas fue anecdótica (vea gráfico a continuación).
SANCIONES IMPUESTAS POR LA CNMV ENTRE 2007 Y 2012 (en miles de euros)
En 2007, la CNMV impuso 18,5 millones de euros en sanciones. Después, como si fuese su función tratar con mimo a la industria y sus dirigentes en los peores años de la crisis, bajó radicalmente las sanciones.
Este año se mantiene un buen ritmo (vea el artículo Múlta a gestora de fondos por la mala praxis) pero, en lo que afecta a su utilidad de cara al inversor, tenemos que mostrar nuestro malestar. Nos parecería lógico que la sanción no se atuviera a un baremo en función de la escala de gravedad del incumplimiento normativo, como si el perjudicado de tales prácticas fuese alguien etéreo como es “el mercado”, sino que debería responder principalmente al perjuicio causado a los inversores.
Toda sanción debería superar siempre el perjuicio causado, de lo contrario, no podríamos evitar preguntarnos si a la entidad incumplidora no le saldría más a cuenta pagar la multa en lugar de no cometer la actuación lesiva. Además, los beneficiarios de dicha sanción no deberían ser las arcas del Estado sino los bolsillos de los perjudicados, los cuales se ven ahora obligados a acudir a los tribunales en un proceso posterior (si es que se enteran y pueden hacer frente a los gastos de tal proceso) para ver su resarcimiento.
Por ello, un segundo aspecto a mejorar es el de la transparencia y el del ánimo de hacer justicia. Difícilmente puede el inversor perjudicado acudir siquiera a los tribunales si no sabe que la actuación de la entidad le ha perjudicado y en qué medida. Debería ser el organismo regulador quien tras el acto administrativo sancionador comunicara el suceso a la fiscalía (por si fuera procedente un proceso judicial) y siempre a los afectados para que pudieran exigir su resarcimiento. Transparencia que se mejoraría bastante si, además de a los propios afectados, se publicase junto a la sanción el quién, el qué, el cuánto y el porqué de tal infracción.
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