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Noticias Notas de prensa

La OCU ante la reforma del alquiler

hace 10 años - lunes, 27 de agosto de 2012
La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) estima que hay que acelerar la resolución de los problemas generados por el impago en alquileres dotando de medios a la justicia. La reducción del plazo mínimo de duración del alquiler no es determinante para dar seguridad al arrendador, que querría conservar al inquilino que cumple sus obligaciones.

El alquiler de vivienda es una opción tan válida y legítima como la compra de vivienda. Sin embargo, en nuestro país tradicionalmente se ha "favorecido" la compra por encima del alquiler, quedando éste a menudo como una solución transitoria, pues las medidas destinadas a favorecer y facilitar el alquiler de vivienda eran muchas veces limitadas y temporales. La OCU opina sobre las nuevas medidas planteadas por el Gobierno para flexibilizar el mercado del alquiler.


El alquiler, una opción interesante

En la situación de crisis actual hay más oferta de casas de alquiler. Por su parte, la demanda no ha crecido mucho. Aunque el precio del alquiler ha bajado algo, sigue siendo elevado, para los salarios medios y no resulta un modo eficaz de acceso a la vivienda. Sin embargo, en teoría y con la calculadora en la mano, en un mercado en que los precios de compra de la vivienda bajan, alquilar es más rentable en general que comprar. Además, con la subida del IBI y otros gastos, tener una casa vacía sale cada vez más caro al propietario.  Es decir, por interesar a inquilinos y propietarios, el alquiler debería tener más peso en nuestro país.


A pesar de las ventajas, el alquiler también tiene "peros". Por parte del propietario arrendador, el miedo a los destrozos, los problemas de impago y las dificultades para recuperar el piso por los propietarios. Y para el inquilino, la falta de estabilidad, y los elevados precios, que a veces hacen que parezca que se "tira" el dinero. Esto no ayuda a convertir al alquiler en una alternativa de vivienda, como lo es en la mayoría de los países de nuestro entorno.


La OCU pide plazos más breves para el desahucio, pero no para el alquiler

Para prevenir los posibles problemas (que son minoría en el parque de viviendas en alquiler), muchos propietarios siguen exigiendo garantías excesivas al inquilino, que pueden suponerle avanzar 6 meses de renta o bloquear esa suma en un aval, si alguien se lo concede.


Por otro lado, la fijación de juicios verbales abreviados en casos de deshaucio ha  contribuido algo a acelerar el desalojo de inquilinos morosos. Pero los plazos aún se alargan varios meses, pues los plazos reales de ejecución dependen de la carga de trabajo de los juzgados y de las oficinas ejecutoras de las sentencias.

Desde la OCU solicitamos que estos plazos se agilicen efectivamente, que se cambie la normativa para que deje de ser imprescindible contratar abogado y procurador en los juicios por desahucio. Todo lo que sea facilitar la recuperación del inmueble en caso de impago del inquilino es positivo: si los propietarios tienen mayor seguridad estarán más dispuestos a alquilar.


Sin embargo, una cosa es agilizar los desalojos en caso de impago, y otra es acortar los plazos del alquiler: si se busca que el alquiler sea una opción equiparable a la compra, como en muchos países de nuestro entorno, inquilino y propietario deben tener unas garantías de estabilidad: el propietario lo que quiere es conservar al buen inquilino pagador, y el inquilino quiere acceder a una vivienda en precio ajustado, para poder seguir allí durante el tiempo que convenga a ambos, con estabilidad.


La nueva normativa no aporta estabilidad: además de reducir el plazo mínimo a tres años, se facilita la ruptura del contrato por ambas partes, también en caso de venta del inmueble. Y si se quiere mayor protección, debe inscribirse el contrato en el registro de la propiedad, con los gastos que conlleva. Además, se pierde la referencia al IPC en la actualización de rentas.


En definitiva, hay muchos aspectos del alquiler que van a quedar al albur de lo que decidan las partes. Por ser más realistas, de lo que decida el propietario que ofrece el piso. Solo si existe una auténtica competencia entre arrendadores se podrán llegar a acuerdos en los que el precio y las condiciones sean razonables para ambas partes. Más que nunca, será necesario estar bien asesorado.


¿Dudas? La OCU te ayuda

A través del servicio de Asesoría y desde nuestra publicación especializada  OCU Fincas y Casas, desde la OCU asesoramos a muchos propietarios e inquilinos. Si buscas alquilar tu vivienda reduciendo riesgos, en condiciones equitativas para ambas partes y aplicando del mejor modo posible el régimen fiscal y legal y tienes dudas, cuenta con nosotros. 

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