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- ¡No deje que su entidad escurra el bulto! (II)
¡No deje que su entidad escurra el bulto! (II)
hace 13 años - viernes, 28 de mayo de 2010
¡Me han robado la tarjeta!
En caso de robo, sustracción o pérdida de su tarjeta, avise a su banco lo antes posible para que la anule (o llame a alguno de los teléfonos que para tales incidencias funcionan las 24 horas). También le conviene confirmar la comunicación por escrito (puede utilizar este modelo). Denúncielo en comisaría.
Si se han realizado compras, extracciones… fraudulentas con su tarjeta, pida a su banco que le devuelva el importe defraudado antes de haber comunicado el robo o pérdida de la tarjeta que supere los 150 euros, el límite de responsabilidad del usuario que establece la nueva Ley de Servicios de Pago siempre que no haya existido mala fe o negligencia grave por su parte. Condición, no obstante, en la que muchas entidades se han escudado para negarse a aplicar esta exención de responsabilidad del titular, sobre todo cuando éste ha sido víctima de un uso fraudulento de su tarjeta con su número de identificación personal (PIN), incluyendo para ello cláusulas en sus contratos por las que hacen responsable al titular en todos los casos en los que se utilice el PIN. Cláusula que, conforme a lo demandado por la OCU, el Tribunal Supremo ha declarado abusiva. Esto supone que si en cualquier momento (incluso antes de dictarse esta sentencia) le habían aplicado esa cláusula, ahora no tiene validez y puede reclamar.
Para ello, presente un escrito en la entidad citando la sentencia y transcribiendo el contenido de la condición declarada nula (para lo que le proporcionamos un modelo de escrito para el caso de uso fraudulento de tarjeta utilizando el PIN). Exija asimismo a su entidad los justificantes de las operaciones realizadas con la tarjeta: si los resguardos están sin firmar o si la firma es muy diferente, reclame. El banco debe devolverle las cantidades defraudadas, incluso las que no superen el límite de responsabilidad.
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