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Noticias Sentencias y actuaciones judiciales

Agrupació Mútua intervenida

hace 13 años - miércoles, 21 de octubre de 2009
La Dirección General de Seguros ha intervenido la aseguradora Agrupació Mútua. ¿Qué puede hacer el mutualista?

La Dirección General de Seguros (DGS) interviene Agrupació Mútua

Agrupació Mútua ha sido la primera aseguradora intervenida durante esta crisis por la Administración. Aunque los mensajes emitidos hasta ahora por las autoridades han sido de tranquilidad, sus mutualistas aún podrían llevarse un buen susto.

¡Las aseguradoras son financieras!

A principios de año ya alertamos de la delicada situación financiera que podrían estar atravesando algunas compañías aseguradoras. Entonces, analizando la reducida información pública accesible al consumidor en general y planteando diversas hipótesis conservadoras llegamos a la conclusión de que, debido a la mala gestión de sus inversiones, la mitad de las aseguradoras analizadas podrían tener serios problemas de solvencia en meses venideros. Afortunadamente, la recuperación de los mercados bursátiles y de deuda ha alejado en parte este peligro temporalmente. Sin embargo, aquellas compañías más vinculadas con la inversión inmobiliaria parecen no poder escapar de los problemas, tal y como ha ocurrido con la Agrupación Mutua del Comercio y de la Industria (Agrupació Mútua, en su terminología comercial) lastrada por su inversión en la promotora inmobiliaria AMCI Hábitat. Esta aseguradora, cuya situación ha llevado al supervisor a sustituir a los administradores anteriores, cuenta con cerca de 380.000 asegurados y es una mutua de fuerte implantación en Cataluña y Baleares. En palabras de la propia DGS: “…ante la deficitaria situación patrimonial de la citada entidad. La decisión ha estado motivada por las deficiencias significativas de control interno y de la política de inversiones de esta entidad, siendo necesario introducir cambios en la gestión que impidan la continuación de tales irregularidades”.


Ser una mutua es un problema para el asegurado

De momento la sociedad va a continuar con su actividad habitual (vender pólizas nuevas y prorrogar las actuales), al tiempo que sus nuevos administradores tratan de poner orden en sus inversiones y restañar el agujero patrimonial cuyo tamaño no se ha hecho público. Ahora bien, no podemos dejar de advertir que dada la naturaleza jurídica de mutua a prima fija, sus asegurados adquieren la condición de mutualistas y en los estatutos de esta mutua se recoge la obligación de responder de las deudas sociales - hasta un límite igual a la prima anual que paguen conforme a su contrato –, así como de hacer frente a las derramas que sean fijadas. De hecho, si los resultados son negativos (como ya ocurrió en 2008 cuando se contabilizaron 13,5 millones de pérdidas), éstos serán absorbidos por dichas derramas, reservas patrimoniales y el fondo mutual. Pudiendo ser necesario realizar nuevas derramas, esto es, exigir un pago “extra” a los asegurados, si las pérdidas agotan dichos fondos o los minusvaloran por debajo de los límites legales establecidos; y en caso extremo (disolución de la mutua), a hacer frente a las deudas.

En el momento actual desconocemos si la situación patrimonial de la sociedad requerirá alguna derrama, pero es una posibilidad que no podemos descartar. Así pues, usted como asegurado podría encontrarse con la sorpresa de tener que hacer frente a un nuevo recibo de la Mutua sin recibir nada adicional por ello. En caso de que esto ocurriera y usted decidiera no hacer frente al nuevo recibo en 60 días, sería expulsado de la Mutua. Y aunque su contrato de seguro seguiría en vigor hasta el próximo vencimiento, en caso de siniestro le sería compensada su deuda antes de pagar cualquier indemnización. Además, con su marcha tampoco se cancelaría su deuda, que podría ser requerida de la forma que la Mutua considere oportuna (incluyéndole quizá en una lista de morosos…).


Si usted es mutualista, ¿qué debe hacer?

  • En conclusión, verse con la obligación de pago de un nuevo recibo dentro de unos meses no nos parece una posibilidad nada descabellada. Por ello creemos que salvo que le compense correr este riesgo es mejor no renovar su póliza. Comunique a la Mutua su deseo de no renovar la póliza antes de dos meses del vencimiento.

  • Permanecer en la compañía – y correr el riego de que le emitan nuevos recibos – puede merecer la pena si por ejemplo cuenta con un seguro de ahorro con una fuerte penalización en caso de abandono (puede dejar eso sí en suspenso su póliza y no realizar nuevas aportaciones), o si padece enfermedades o lesiones que se encuentren cubiertas por su seguro de salud o de dependencia de la Mutua y que pudieran ser excluidas en una nueva compañía durante un periodo (o totalmente) por tratarse de enfermedades preexistentes.


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