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El deber de información
hace 14 años - lunes, 2 de marzo de 2009Las normas de conducta establecidas por la legislación vigente del mercado de valores imponen a las entidades que prestan servicios de inversión el deber de actuar en defensa del mejor interés para sus clientes, y les exige mantenerles en todo momento adecuadamente informados. Obligaciones de diligencia, transparencia e información que ciertas entidades siguen saltándose a la torera. Pero, afortunadamente, el inversor de a pie cada vez es más consciente de que, ante tal incumplimiento, no puede quedarse de brazos cruzados.
De hecho, a través de los “Casos Vividos” que recogemos regularmente en esta página web, solemos hacernos eco de ciertos casos que han acabado ante los tribunales de justicia, y en los que finalmente se ha fallado a favor del inversor y su derecho a estar informado. Una vez más, queremos hacerle partícipe de una sentencia emitida por un juzgado de Barcelona en la que responsabiliza a una entidad del grueso de la pérdida sufrida por uno de sus clientes con las acciones en las que le propuso invertir. Una sentencia que, aun no siendo firme, suscita para los usuarios de servicios de inversión un doble interés.
Por un lado, aun tratándose de un simple contrato de depósito de valores, el juez estima que, al quedar demostrada una labor de gestión asesorada por parte de la entidad, ésta incumplió con su deber de información para con el cliente porque, justo cuando sus acciones empezaron a caer en picado, la entidad no le advirtió de ello, tal y como se había comprometido en su folleto publicitario. Y por otro, al estimar que tal folleto tiene carácter contractual según la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios - de ahí que estime el incumplimiento por parte de la entidad de sus obligaciones contractuales de información – la sentencia enmarca la protección del inversor dentro de la legislación de consumo, la cual algunos tribunales se olvidan de aplicar – injustificadamente en nuestra opinión – al analizar asuntos financieros.