¿Pensando en vender sus obligaciones?
Los movimientos de tipos en los últimos años han dejado a muchos tenedores de deuda pública con pérdidas latentes. Si usted adquirió obligaciones entre 2018 y 2020 en una de sus subastas, es muy posible que hoy, con los tipos más altos, su valor de mercado sea inferior. Y si está pensando en venderlas –porque necesita liquidez, porque el título vence el próximo año o simplemente porque quiere ordenar su cartera– quizá le convenga hacerlo antes de final de año ya que sacaría a la luz una pérdida, pudiendo así rebajar su próxima factura fiscal (la del ejercicio de 2025 a presentar en 2026) … y en los cuatro ejercicios siguientes.
Rendimientos de capital mobiliario
Cada vez que usted cobre el cupón de una obligación estará recibiendo, a efectos del IRPF, un rendimiento de capital mobiliario del cual le practicarán una retención del 19% a cuenta del IRPF. Y cada vez que venda o le amorticen una obligación a su vencimiento, recibirá la diferencia entre el precio al que la compró y el precio que obtenga descontados los gastos. Respecto a estos, son deducibles los gastos de administración y depósito derivados de su tenencia. El rendimiento obtenido de la venta o amortización de las obligaciones también se considera por el fisco como un rendimiento de capital mobiliario.
Los rendimientos de capital mobiliario se encuentran dentro de las rentas del ahorro y tributan a un tipo del 19% para los primeros 6.000 euros, del 21% entre 6.000 y 50.000 euros, del 23% entre 50.000 y 200.000 euros, del 27% entre 200.000 y 300.000 euros y del 28% para todas las rentas que excedan esta última cuantía. Esta escala creciente hace que cuantas más rentas acumule anualmente, más IRPF terminará pagando.
Para reducir la factura fiscal, sepa que los rendimientos del capital mobiliario positivos se compensan en el IRPF en primer lugar con otros rendimientos de capital mobiliario negativos, y si tras estos aún le queda saldo, con el saldo negativo de las ganancias patrimoniales (ventas de acciones, fondos de inversión…), pero con el límite del 25% de dicho saldo negativo.
¿Vender ahora?
Si usted tiene obligaciones desde hace tiempo es muy posible que al desprenderse de ellas ahora dicha venta se salde con un rendimiento positivo, y más si las vende poco antes del pago del cupón ya que lo cobrará sumado en el precio que reciba, eso sí, sin retención a cuenta del IRPF. De la misma forma, si las vende poco después del pago del cupón, o han subido los tipos, es posible que obtenga un rendimiento negativo.
Respecto a cuándo puede salirle más a cuenta vender, todo dependerá de si las compró a un precio mayor o menor del que ahora le corresponde con su cupón corrido y de si tiene otros rendimientos positivos o negativos obtenidos este año o pendientes de años anteriores con los que compensar. En general, cuando el resultado de la venta es un rendimiento positivo y no hay rendimientos negativos o pérdidas pendientes con las que compensar, la opción es esperar al año que viene y así retrasar la tributación.
Para calcularlo, debemos conocer el precio de la obligación en cuestión, algo más sencillo de lo que parece, especialmente si echa mano de nuestro comparador de obligaciones
Más fácil de lo que parece
Calcular el precio de una obligación es más fácil de lo que parece. El precio de las obligaciones viene expresado en porcentaje (%) y se compone de la suma del precio excupón más el cupón corrido. Ambos evolucionan por caminos separados. Le explicamos cómo funciona y dónde encontrar la información con nuestro comparador.
El precio excupón
El grueso del precio de una obligación lo conforma su precio excupón. Se expresa en porcentaje del valor nominal, así p.ej. un precio excupón del 103,89% en una obligación del Tesoro significa que su valor excupón es de 1.038,9 euros (103,89% de 1.000 = 1.038,9). Este oscila en función del rendimiento que ofrecen en ese momento el resto de las obligaciones de igual solvencia y plazo, siendo su precio excupón el que iguala la TIR (Tasa Interna de Rendimiento) de todas ellas.
El valor nominal
Las obligaciones del Tesoro se compran y venden por un número completo de títulos, siendo el mínimo de inversión de 1.000 euros de nominal. Ese valor nominal es, a la vez, la cantidad de dinero que le devolverán llegado el vencimiento (1.000 euros). También se utiliza como referencia para el cálculo de los intereses a pagar en cada cupón. Por ejemplo, si una obligación paga un cupón del 3% anual, usted recibirá cada año 30 euros de intereses (1.000 x 3%).
Por ejemplo, si usted compra una obligación con vencimiento en 2035 que paga un cupón anual del 3% (30 euros) y los tipos a 10 años están en el 3%, su precio excupón será del 100% (1.000 euros). Si unos días después las nuevas obligaciones emitidas pagasen 50 euros anuales de cupón para devolver 1.000 dentro de 10 años, es decir los tipos subieran al 5%, nadie le pagaría ya 1.000 euros por su obligación que paga 30 euros cada año y devuelve lo mismo. Su precio caería hasta igualar el rendimiento de las nuevas obligaciones hasta los 840 euros, de tal manera que los 30 euros anuales de cupón más los 160 a vencimiento (recibe los 1.000 euros, aunque pague 840) suponen un rendimiento del 5%. Y al revés.
El cupón corrido
Cada obligación del Tesoro paga intereses una vez al año que corresponden en su justa medida al propietario de la obligación mientras esta permanezca en su poder. El montante de esos intereses que se van acumulando día tras día desde el pago precedente se conoce como cupón corrido. P. ej. una obligación que pague un cupón del 3% cada 1 de noviembre (30 euros), llegado el 1 de mayo (6 meses después) tendrá un cupón corrido de 15 euros.
El precio, a un clic
En nuestro comparador de obligaciones del Tesoro, en la sección Invertir> Obligaciones de nuestra web, encontrará de un solo vistazo las características de su obligación (último precio excupón, tipo TIR…) para tomar sus decisiones de inversión.
Primero aparecerá ante usted una tabla con los bonos y obligaciones en circulación y sus principales características actualizadas a diario. Podrá localizar su título en concreto utilizando el buscador (a la izquierda), escribiendo su nombre, su código ISIN, o utilizar el filtro según sea su fecha de vencimiento o rendimiento (TIR).
Pinchando sobre el nombre accederá a su ficha detallada, con su cupón corrido en euros, cupón anual y fecha de pago, etc. así como el gráfico de la evolución del precio excupón (desde 5 días hasta 5 años) del título en consulta. Para saber el precio total le bastará pasar a euros el precio excupón y sumarle el cupón corrido. P.ej. para una obligación con vencimiento el 30/04/2028 y cupón de 1,4% anual, un precio excupón de 97,95% (el 8/12/25) y 8,52 euros de cupón corrido serían 988,02 euros (979,5+8,52).
Si quiere estar al día de los cambios de consejo o nuevas subastas del Tesoro, active el servicio de alertas online (en la campana, en la página de inicio de nuestra web).
Con la aplicación “Mi cartera” usted puede seguir el valor en tiempo casi real de sus obligaciones (y del resto de sus inversiones) siempre que coticen regularmente como las del Tesoro.
Un ejemplo práctico
Continuando con el ejemplo anterior, imaginemos que en 2018 compró 20 obligaciones con vencimiento en abril de 2028 y un cupón del 1,4% acudiendo a la subasta del Tesoro Público de mayo, por las que pagó 19.900 euros. Este año ya habrá cobrado un cupón de 280 euros, de los que tendrá que descontar los gastos de administración y depósito, y le habrán retenido 53,2 euros (el 19%). Si las vendiera ahora, recibiría unos 19.760,4 euros (a falta de descontar los gastos de la operación), es decir, tendría que declarar en su próxima factura fiscal una pérdida de 139,6 euros como diferencia entre el precio de compra y el de venta.
Consulte nuestro comparador de obligaciones