¿Vendo o mantengo mi fondo?
"En julio del año pasado invertí a través del Supermercado de Fondos OCU 200.000 euros en el fondo de acciones ibéricas Gesconsult Renta Variable A. Ahora quiero venderlo, pero me pregunto si, de hacerlo ya, perdería la retrocesión que recibiría si lo mantuviera un mes más. ¿Qué hago? ¿Lo vendo o lo mantengo?”
Una solución para no perder la retrocesión
El Gesconsult Renta Variable A (ES0137381036) es uno de los muchos fondos con los que en el Supermercado de Fondos OCU le devolverán cada año el 10% de su comisión de gestión (del 2,25% anual que carga este fondo) o bien el 15% si el saldo medio supera los 6.000 euros, como es el caso que nos ocupa (consulte todos los detalles en www.ocu.org/inversiones/ventaja-fondos). Así, un saldo medio de 200.000 euros en este fondo mantenido un año puede representar 675 euros de retrocesión. Eso sí, para tener derecho a tal ventaja, usted ha de mantener la condición de socio, así como la inversión en el fondo durante todo ese año, desde la compra de este, de manera continuada. Razón por la que nuestro socio se ve así en la disyuntiva de deshacer ahora mismo su inversión para adaptar su estrategia a sus intereses, o aguantar un poco más esta apuesta para no perder el derecho a tal retrocesión.
• Pues bien, nuestro amigo debe saber que hay un camino que le permitiría cumplir ambos deseos a la vez.
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¿Vendo o mantengo mi fondo?
"En julio del año pasado invertí a través del Supermercado de Fondos OCU 200.000 euros en el fondo de acciones ibéricas Gesconsult Renta Variable A. Ahora quiero venderlo, pero me pregunto si, de hacerlo ya, perdería la retrocesión que recibiría si lo mantuviera un mes más. ¿Qué hago? ¿Lo vendo o lo mantengo?”
Una solución para no perder la retrocesión
El Gesconsult Renta Variable A (ES0137381036) es uno de los muchos fondos con los que en el Supermercado de Fondos OCU le devolverán cada año el 10% de su comisión de gestión (del 2,25% anual que carga este fondo) o bien el 15% si el saldo medio supera los 6.000 euros, como es el caso que nos ocupa (consulte todos los detalles en www.ocu.org/inversiones/ventaja-fondos). Así, un saldo medio de 200.000 euros en este fondo mantenido un año puede representar 675 euros de retrocesión. Eso sí, para tener derecho a tal ventaja, usted ha de mantener la condición de socio, así como la inversión en el fondo durante todo ese año, desde la compra de este, de manera continuada. Razón por la que nuestro socio se ve así en la disyuntiva de deshacer ahora mismo su inversión para adaptar su estrategia a sus intereses, o aguantar un poco más esta apuesta para no perder el derecho a tal retrocesión.
• Pues bien, nuestro amigo debe saber que hay un camino que le permitiría cumplir ambos deseos a la vez. La solución sería desprenderse del grueso de su inversión en el fondo y conservar solo una cantidad simbólica en él (que, una vez cobrada la retrocesión, ya podría también desprenderse del mismo). Para invertir en un fondo a través del Supermercado de Fondos de Singular Bank suele requerirse de un mínimo de 1.000 euros, pero luego no es necesario mantener tal cantidad, por lo que para tener derecho a la retrocesión basta con mantener posición en el fondo. Es cierto que a veces la gestora fija una cantidad mínima a mantener, que sería la que marcaría el importe de esa cantidad simbólica a conservar. En el caso que nos ocupa se trata de una participación (6 euros), por lo que nuestro socio podría reembolsar p.ej. 199.000 euros del fondo y conservar sólo 1.000 euros en el mismo. De este modo, en la práctica habría deshecho esta apuesta, pero al cumplirse el año conservaría el derecho a la retrocesión de unos 674,7 euros. Además, en vez del 10% le devolverían el 15% de la comisión de gestión, ya que Singular Bank no se fija en el montante invertido en el fondo en el momento del cálculo, sino en el saldo medio mantenido en el mismo durante todo ese año.